POR SAIRA RAMOS
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Con relación al amparo 134-2014 (01192-2014-00178), con fecha del pasado lunes 27 de septiembre, la profesional emitió un voto disidente contra la acción presentada por el oficialismo porque “en el caso que se analiza, consta que no se ha tenido a la vista los antecedente del caso o el informe circunstanciado que deberá remitir la autoridad denunciada –TSE–; en ese sentido se razona el voto, ya que considero que se debió de haber tenido a la vista lo ya expuesto para realizar el pronunciamiento respecto del amparo provisional o no”.

El amparo fue interpuesto por el Partido Patriota luego de que el Pleno del Tribunal Supremo Electoral ordenó al Registro de Ciudadanos de dicho ente electoral cancelar la Secretaría General a la vicemandataria por considerar que ningún político debe favorecer a alguna organización partidaria.

Ayer en la elección de magistrados de la Sala de Apelaciones realizada por el Congreso los diputados decidieron incluir a los tres magistrados a cargo de la Sala Quinta de Apelaciones del Ramo Civil.

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