POR CLAUDIA PALACIOS
cpalacios@lahora.com.gt

Diez años pasó engavetada la Ley contra la Corrupción en el Congreso a la espera de ser aprobada. Diversos movimientos sociales presionaron para que la normativa fuera aprobada y sancionada, y finalmente, en octubre de 2012 nació a la vida jurídica para apoyar el combate a la corrupción.

En ese momento la Ley se convirtió en un hálito de esperanza para aquellos que creyeron que el instrumento jurídico significaría un alto a la corrupción pública y privada, pero no pasó mucho tiempo para que la realidad demostrara que una ley no cambiaría Guatemala.

LA INICIATIVA
_1portada 18 junioLa aprobación de la Ley Contra la Corrupción trajo consigo varias modificaciones al Código Penal, entre ellas la inclusión de ocho nuevos delitos y el endurecimiento de la pena para otros.

Entre los avances más notables está la introducción del enriquecimiento ilícito y el testaferrato como delitos, una solicitud que se venía haciendo desde hacía mucho tiempo.

Además se reformó el artículo 58 del Código Penal, que establece que las penas por delitos contra la administración pública y la administración de justicia no podrán ser conmutables a cambio de dinero.

La verificación del cumplimiento de la Ley recae sobre el Ministerio Público (MP), específicamente la Fiscalía contra la corrupción; la Contraloría General de Cuentas (CGC); la Superintendencia de Bancos y el Organismo Judicial.
El día en que se aprobó la Ley, la vicepresidenta Roxana Baldetti dijo en su cuenta de Twitter que la normativa era “una prueba más de los esfuerzos que como Estado se hacen por la transparencia”; sin embargo, para Adolfo Alarcón, de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales, la ley fue una medida para aplacar un poco el descontento de la sociedad civil y lo único que se hizo realmente fue modificar el Código Penal, lo que no garantiza mejoras de fondo en el sistema.

Diversas organizaciones advirtieron que si la Ley no se acompañaba de medidas institucionales, el resultado sería inservible, y todo apunta a que esa es la situación.

LOS PRIMEROS RESULTADOS
Alexander Villeda fue nombrado como Fiscal contra la Corrupción a principios de este mes; es miembro de la junta directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y trabajó durante un tiempo como Fiscal de Delitos contra el Ambiente.

Según Villeda hasta esta fecha la sección bajo su responsabilidad está investigando solamente 10 casos de corrupción, entre los que mencionó se encuentran algunos por testaferrato, tráfico de influencias e incumplimiento de prestación de la declaración jurada.

A nivel de Ministerio hay menos de 100 investigaciones por delitos relacionados a la corrupción, una cifra increíble teniendo en cuenta que Guatemala está considerado como uno de los países con mayores niveles de corrupción en Latinoamérica.

De acuerdo con la organización Transparencia Internacional, Guatemala ocupa el puesto 123 de un total de 177 países evaluados en 2013 según sus índices de percepción de corrupción, compitiendo por el último lugar de la región con países como Paraguay, Honduras y Venezuela.

Villeda considera que la fiscalía depende en gran medida de la denuncia ciudadana y que son pocos los casos en los que se encuentra información suficiente para iniciar una denuncia de oficio.

Según el fiscal, la sección contra la corrupción tiene ámbito de competencia en delitos donde se vea involucrada una posible defraudación hacia el Estado, mientras que otro tipo de delitos administrativos corresponden a otras unidades fiscales.

Además, Villeda dijo que una limitante para obtener información que puede ayudar a comprobar las acusaciones es que para acceder a las bases de datos de instituciones como la CGC, se debe recurrir a los conductos oficiales, lo cual toma un tiempo para hacerse efectivo.

Al ser consultado sobre la efectividad de la Ley contra la corrupción, el fiscal afirmó que la ley tiene vacíos legales, pero que la inclusión de delitos como enriquecimiento ilícito y testaferrato es un avance significativo.

Cuando la Ley entró en vigencia, la Contralora General de Cuentas, Norma Segura, dijo al periódico Prensa Libre que se había acordado la creación del Departamento de Control y Verificación Especial de Declaraciones Juradas Patrimoniales, el cual tendría como objetivo dar cumplimiento a la ley en los casos de enriquecimiento ilícito, falsedad en la declaración jurada patrimonial y la omisión de la declaración jurada patrimonial.

La Hora se contactó con la CGC, pero nadie pudo dar cuenta de la existencia de dicho departamento.

Según Francisco Quezada, analista en temas legales del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales, actualmente la CGC está jugando un papel pobre en la fiscalización del patrimonio de funcionarios público.

Para Quezada, los entes ejecutores del Estado han crecido tanto que la Contraloría se quedó muy corta en la capacidad de fiscalizar, por lo que no cuenta con los recursos necesarios para ejercer su función efectivamente.

En el país no existe una ley que obligue a las autoridades gubernamentales a presentar sus declaraciones patrimoniales para el conocimiento público y aunque algunos funcionarios se han ofrecido voluntariamente a mostrarlo, ninguno ha cumplido hasta hoy.

LA CORRUPCIÓN EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN
_Repo6_1cPara Alarcón, la Fiscalía contra la Corrupción no puede excusarse de sus responsabilidades, ya que las convenciones internacionales de las que Guatemala es signataria, dan muchas herramientas al MP para investigar.

Por otro lado, Héctor Reyes, del Centro Para la Acción Legal en Derechos Humanos, cree que en Guatemala es común argumentar vacíos legales en las normativas, cuando el problema real es que pese a la diversidad de leyes específicas, no existe voluntad política para aplicarlas.

Según Reyes, la verdadera razón por la cual los casos no son investigados es que los sujetos a quienes se tiene que aplicar la ley son personas que tienen algún tipo de poder político y económico, lo que lleva a que se realicen investigaciones y juicios motivados por intereses particulares.

La fiscalía contra la corrupción ha sido una de las secciones más abandonadas del MP porque no hay interés por que cumpla su trabajo de forma efectiva, ya que pondría en peligro a los poderes paralelos del Estado.

Corte Suprema de Justicia (CSJ), Contraloría General de Cuentas, Ministerio Público, todas las autoridades de las instituciones encargadas de la lucha contra la impunidad son nombrados a través de procesos de elección por medio de comisiones de postulación, cuyo trabajo ha sido ampliamente cuestionado por la sociedad civil debido al evidente tráfico de influencias que se maneja en estas votaciones.

Hace unas semanas la Comisión Internacional Contra la Impunidad (CICIG) realizó una conferencia de prensa para señalar su preocupación por el desarrollo de los recientes procesos de elección a CSJ y Corte de Apelaciones

De acuerdo con la CICIG, “A la fecha, absolutamente todas las etapas esenciales del trámite se encuentran cuestionadas ante la Corte de Constitucionalidad: la integración de las Comisiones tanto por razones de parentesco como de membresía a los gremios que escogen representantes; el perfil diseñado por las comisiones; la carencia de exigencia de acreditación de requisitos; las tablas de gradación; el conflicto de intereses de los comisionados-candidatos; la no realización de entrevistas y la amenaza de incumplimiento de la orden impartida por la Corte de Constitucionalidad para que se vote razonadamente y de viva voz por los candidatos… el proceso ha sido cooptado por intereses externos, ajenos a los postulados de una justicia independiente, imparcial, justa y cumplida.”

LOS VERDADEROS CAMBIOS DE FONDO
Según Quezada, en Guatemala se da un fenómeno llamado fetichismo legislativo, que hace referencia a la convicción de que los problemas del país pueden ser solucionados a través de leyes únicamente. Para Quezada, la clave es dar prioridad a la institucionalización de los que la ley establece.

“Puede usted copiar la mejor ley y la más drástica; pero en la operatividad no se va a realizar nunca y por eso a nosotros no nos ha extrañado que después de esta ley no haya cambiado nada” explicó.

De acuerdo con el analista, la operatividad conlleva un análisis y estudio para determinar en qué casos concretos y qué mecanismos se dan para que exista la corrupción en la vía práctica.

Según Quezada también es importante repensar la Ley del Servicio Civil y la Ley de Contrataciones del Estado, ya que funcionarios públicos han encontrado la manera de evadir su mandato y abusar de su autoridad.

Alarcón también hace énfasis en la necesidad de institucionalizar el combate a la corrupción y además propone una modificación del Código Penal para hacer más certero el cumplimiento de la pena, ya que aún hay muchos delitos con penas menores a los cinco años que pueden conmutarse a cambio de dinero. Otro cambio legal necesario para Alarcón es la extinción del antejuicio que gozan funcionarios públicos, ya que únicamente ha servido para evadir la ley y agenciarse impunidad.

Finalmente, para Reyes, la solución es que se aplique la ley imparcialmente sin atender a intereses particulares. “Lo que sucede es que en Guatemala siempre le vamos a encontrar a las leyes algo por lo que no son viables, es un defecto del país, tenemos una diversidad de leyes y no las aplicamos; pero lo que tenemos que hacer es cumplirlas. Cumplámoslas, pongámoslas en práctica y entonces no vamos a encontrar estos vacíos de los que hablan” explicó el analista.

Para Adolfo Alarcón, de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales, la Fiscalía contra la Corrupción no puede excusarse de sus responsabilidades, ya que las convenciones internacionales de las que Guatemala es signataria, dan muchas herramientas al MP para investigar.

Alexander Villeda, fiscal contra la Corrupción ,dijo que una limitante para obtener información que puede ayudar a comprobar las acusaciones es que para acceder a las bases de datos de instituciones como la CGC, se debe recurrir a los conductos oficiales, lo cual toma un tiempo para hacerse efectivo.

Francisco Quezada, analista en temas legales del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales, opina que los entes ejecutores del Estado han crecido tanto que la Contraloría se quedó muy corta en la capacidad de fiscalizar, por lo que no cuenta con los recursos necesarios para ejercer su función efectivamente.


SIN PROCESOS PENALES

Según datos del Centro de Información, Desarrollo y Estadística Judicial (CIDEJ), hasta la fecha no ha ingresado a los juzgados ningún proceso penal relacionado a los delitos contemplados en la Ley contra la Corrupción, decreto 31-2012.

El 30 de octubre de 2012, en el Diario Oficial se publicó la normativa que tras diez años de permanecer en el Congreso de la República fue aprobada por los diputados.

La Ley contra la Corrupción tipificó los delitos de enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, testaferrato y cobro ilegal de comisiones, y estableció sanciones más fuertes contra funcionarios, empleados públicos, o particulares, que atenten en contra de la administración pública y los recursos del Estado.

Sin embargo, según los números estadísticos del Organismo Judicial, hasta abril de 2014 los juzgados no recibieron ningún proceso penal relacionado a los delitos que creó la Ley Anticorrupción, y según la información, la Fiscalía contra la Corrupción del Ministerio Publico (MP), únicamente investiga un caso relacionado al enriquecimiento ilícito.

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