
Dudas en el proceso y posibles errores en las resoluciones emitidas por el juez Fredy Orellana en las cuales tanto el expresidente de la república, Jorge Serrano Elías como el exministro de gobernación, Francisco Perdomo, se vieron beneficiados al anularles las ordenes de captura en su contra, hicieron que el Ministerio Público (MP) presentaran una recusación contra el juzgador.
En su escrito, la Fiscalía señala que Orellana podría tener un interés directo además de mantener una relación de amistad intima con alguna de las partes, lo que hace dudar de su imparcialidad, según la argumentación de la fiscalía.
Las razones del MP se fundamentan en las fechas bajo las cuales fueron emitidas las resoluciones y la forma en cómo fueron notificadas.
Orden de captura contra Jorge Serrano Elías fue anulada por Fredy Orellana, sin oposición de MP
ONCE DÍAS BASTARON
La primera notificación del caso recibida por el MP se da el 5 de enero de 2026, donde el Juzgado Séptimo Penal informa a la Fiscalía de Delitos Administrativos que se declaró con lugar una actividad procesal defectuosa con la cual anuló las órdenes de captura ya mencionadas. Sin embargo, la notificación llevaba la fecha 5 de enero de 2025.
Un día después, el 6 de enero, el juzgado emite una nueva notificación, rectificando el error de la fecha y asegurando que la decisión de anular las ordenes de captura se emitió el 5 de enero de 2026.
El 7 de enero, la fiscalía interpone un recurso de reposición contra la decisión de Orellana, quien decidió anular las ordenes de captura sin realizar audiencia y sin permitir un pronunciamiento de la fiscalía.
El 8 de enero, la fiscalía nuevamente recibe otra notificación, pero esta vez de una resolución emitida el 29 de diciembre de 2025, en la cual se les informa que la carpeta judicial que contiene el caso contra Serrano Elías y Perdomo, ahora se encuentra en manos del juez Orellana del Juzgado Séptimo Penal.
Horas más tarde de ese mismo 8 de enero, ingresa otra notificación donde Orellana le notifica a la fiscalía que en sus manos tiene un memorial de petición de anulación de las órdenes de captura presentada por la defensa de Serrano el 30 de diciembre de 2025.
Es decir tres días después de haber anulado las órdenes de captura, el juez informó que estaba en sus manos la carpeta judicial.
Finalmente, el 9 de enero, Orellana notificó el rechazo del recurso de reposición interpuesto por el MP.
PGN impugnará fallo de juez Orellana que anuló orden de captura contra Serrano Elías con aval del MP
LA INCONGRUENCIA
En su reclamo, la fiscalía hace ver una incongruencia en la segunda notificación recibida el 8 de enero.
Según indica la recusación presentada contra Orellana, en esa notificación, el juez indica que recibió el memorial el 30 de diciembre de 2025, pero que para efectos de la respuesta del mismo, se refirieran a la resolución del 5 de enero de 2026.
La fiscalía cuestiona, porque si se estaba notificando un proceso del 2025 se tendría que tener como referencia una resolución de 2026 cuando esta aún no había sucedido.
Entre otras incongruencias advertidas por el MP, señala que Orellana baso su decisión de anular la orden, aduciendo solo la existencia de recortes de prensa y elementos sin investigación previa no eran suficientes para dictar ordenes de captura.
«Pero el juzgador omite verificar que en la carpeta judicial existen no solo esos recortes a los que hace referencia sino que obra una serie de indicios racionales suficientes para considerar la posible participación de los sindicados en varios ilícitos penales y que ya obraban previo a requerir las ordenes de aprehensión giradas en su momento y que el juez omitió examinar al emitir la resolución de fecha cinco de enero dos mil veintiséis», recalcó el MP en su alegato.
De momento, se espera que la recusación sea elevada a la Sala Tercera Penal, a cargo de los magistrados Alejandro Prado, Ingrid García y Mario Federico Hernández, para que sean los magistrados los que analicen el proceso y determinen si Orellana sigue o no conociendo el caso.







