
Un amparo presentado ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por el abogado Edgar Guillermo Sánchez Girón amenaza con bloquear las aspiraciones de jueces, magistrados y académicos, bajo una interpretación restrictiva de lo que significa «ejercer la profesión». En 2022, el abogado Raúl Falla Ovalle presentó un amparo similar que logró que se cerrara el paso a jueces en el proceso de elección de jefe del ente investigador.
El recurso legal ataca directamente el perfil aprobado por la Comisión de Postulación para elegir candidatos a fiscal general y jefe del Ministerio Público (MP). Según el interponente, la Comisión cometió un error de fondo al equiparar la colegiación activa con el ejercicio real de la abogacía.
Según plantea el abogado en su escrito, la comisión «excluyó» requisitos que ya establece la Constitución Política de la República de Guatemala. En su planteamiento, Sánchez señala que pedir a un aspirante un periodo completo como magistrado de Cortes de Apelaciones o de los tribunales colegiados o haber ejercido la profesión por más de 10 años solo «cumple de manera superficial con lo contenido en la norma, pero incumple de manera sustancial con su contenido».
A criterio del abogado Sánchez, «el problema que se trae a cuenta es que no basta con ser abogado y tener 10 años de colegiación, pues la norma en cuestión establece como requisito haber ejercido la profesión de abogado por más de 10 años, con lo cual se excluye a aquellos profesionales de derecho que, aunque tengan más de 10 años de graduación, no hayan ejercido la profesión de abogado».
Sánchez señala que entre las personas que no podrían optar a los cargos por no cumplir la norma según este lo interpreta, están los jueces de primera instancia que no ejercen la abogacía, los catedráticos universitarios, los asesores internacionales que no ejercen en Guatemala y los magistrados suplentes que son jueces de primera instancia.
Curiosamente, el mismo solicitante del amparo expone en sus argumentos el artículo de la Constitución que contempla el requisito que, coincidentemente, es el mismo que la postuladora aprobó en el perfil de los aspirantes.
Elección de Fiscal General: Comisión aprueba calificación mínima para aspirar a candidato
Pese a esto, Sánchez solicita a la CC que acepte el amparo presentado y que, como consecuencia, deje fuera a los aspirantes que a su criterio no cumplen con la norma constitucional.
En Guatemala, los jueces de carrera, por ley, tienen prohibido litigar mientras ejercen su cargo. Los magistrados de apelaciones que han hecho de la judicatura su profesión principal, serían afectados. También quedarían excluídos los asesores y consultores que trabajan en organismos internacionales o entes técnicos, sin firma en tribunales locales porque en muchos casos no computa el ejercicio como abogados.
Fuentes del sector justicia sugieren que este recurso no es una simple duda académica, sino un movimiento estratégico para limpiar el camino de ciertos candidatos. Al elevar la vara del «ejercicio profesional», se elimina a los perfiles que vienen de la carrera judicial, beneficiando exclusivamente a los abogados litigantes de carrera.
De momento, la Corte aún no se pronuncia al respecto.
LO QUE RESOLVIÓ LA CC EN 2022 POR UN AMPARO DE FALLA
En 2022, la CC otorgó un amparo provisional promovido por Raúl Falla Ovalle de la Fundación contra el Terrorismo que ordenó a la Comisión de Postulación para la elección de Fiscal General, excluir a todos los jueces de Primera Instancia que no demostraron contar con 10 años de ejercicio como abogados o un periodo igual como magistrados.
“A prevención, se decreta amparo provisional, como consecuencia, se ordena a la Comisión …que constituya requisito de los aspirantes al cargo de Fiscal General… haber ejercido la profesión de abogado por más de 10 años, tiempo en el que no se comprende el o los períodos en los que se haya ejercido el cargo de Juez”, citaba la resolución de la CC.
La resolución detallaba que podían acceder al proceso por haber ejercido la judicatura únicamente los que la desempeñaron como magistrados de Salas y otros Tribunales de la misma categoría, durante el tiempo previsto en el mismo precepto.
«Esta medida cierra las posibilidades a la participación de los jueces como Miguel Ángel Gálvez y Patricia Gámez, quienes en períodos anteriores se han postulado, así como para otros jueces reconocidos que aspiren a dirigir el ente investigador como Erika Aifán o Carlos Ruano», mencionaba la nota.







