La Corte de Constitucionalidad otorgó un amparo provisional de forma preventiva ante los allanamientos realizados por el MP en las elecciones del CANG. Foto La Hora: José Orozco
La Corte de Constitucionalidad otorgó un amparo provisional de forma preventiva ante los allanamientos realizados por el MP en las elecciones del CANG. Foto La Hora: José Orozco

La Corte de Constitucionalidad (CC) se reunió en sesión permanente desde las 15:30 horas de este jueves 12 de febrero tras las acciones del Ministerio Público (MP) durante el proceso de elecciones que realiza el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), otorgó un amparo provisional de forma preventiva.

ALERTA DEMOCRÁTICA: CC se declara en sesión permanente ante operativos del MP en elecciones del CANG

Según el MP, el operativo se realiza tras supuestas denuncias de aparentes anomalías en el proceso electoral, aunque las diligencias fueron solicitadas ayer al juzgado de turno, con el juez Sergio Mena.

De acuerdo con la CC, su decisión se da derivado de las circunstancias imperantes acaecidas a la fecha, con relación a los Actos Electorales para elección de magistrados a la CC que están a cargo del CANG y por los operativos que mantiene el MP.

«Procede de oficio ordenar medidas inmediatas para evitar que ese actuar trastoque el sistema constitucional cuya tutela corresponde a este Tribunal, en consecuencia, como efecto inmediato se ordena la continuidad y prosecución de los procesos electorales anteriormente individualizados, en condiciones que aseguren su normal desarrollo, sin interferencias ajenas a la organización y conducción propias del órgano electoral gremial», afirma la CC.

ORDENAN A MP ABSTENERSE DE INTERRUMPIR VOTACIONES

La CC ordena a la Junta Directiva del CANG, así como al Tribunal Electoral del Colegio a velar por la conclusión de dichos procesos electorales antes indicados, adoptando las medidas administrativas y logísticas necesarias para garantizar su continuidad y regularidad.

En tanto, a fiscales del MP les ordena, «abstenerse de realizar actuaciones que impliquen la interrupción, suspensión, obstaculización o perturbación de las votaciones, el escrutinio y la declaración de resultados del proceso electoral en curso, debiendo en consecuencia, permitir que esta concluya con normalidad».

Lo anterior, mencionan que es sin perjuicio de las facultades legales que les corresponden al ente investigador, las cuales deben ejercerse por las vías idóneas y sin afectar la continuidad del acto electoral.

Mientras la Corte también explica que se apercibe a la Junta Directiva y al Tribunal Electoral, así como a los agentes fiscales del MP para que en cumplimiento de lo ordenado podrá dar lugar a las responsabilidades legales correspondientes sin perjuicio de las demás medidas constitucionales que la Corte estime necesarias.

El amparo preventivo contó con la votación a favor de los magistrados, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Roberto Molina Barreto, Claudia Elizabeth Paniagua, mientras Dina Ochoa lo hizo como razonado concurrente.

Sergio Osegueda
Periodista con experiencia de 17 años. Apasionado por las tradiciones de nuestro país.
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