
Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) decretaron la suspensión provisional de cuatro frases que contiene la Ley Orgánica del Organismo Ejecutivo y con ello dejan sin inmunidad a cuatro secretarios que hasta ahora no podían ser investigados.
En este caso, el tribunal constitucional atendió un recurso interpuesto por el exdiputado Fernando Linares Beltranena, quien asegura que no todos los secretarios del Ejecutivo deben gozar de la prerrogativa del antejuicio, situación que fue avalada por los magistrados en un primer análisis.
A decir de la CC, se deben suspender las frases «y gozará de derecho de antejuicio en la misma forma», que están contenidas en los artículos 11, 12, 14 y 14 TER de la ley ya mencionada.
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Dicha normativa fue creada en 1997 durante la presidencia de Álvaro Arzú, donde se crean seis secretarias y se reforma en 2004 para crear la Secretaría de Asuntos Administrativos y Seguridad (SAAS) y así desaparecer el Estado Mayor Presidencial (EMP).
En tal sentido, y con la decisión de los magistrados, los secretarios que a partir de este día quedan sin inmunidad son los secretarios de comunicación social de la presidencia, de coordinación ejecutiva de la presidencia, SAAS y de planificación y programación de la presidencia.
Por lo que los únicos que quedan gozando del derecho de antejuicio son los secretarios: general, privado y de análisis estratégico de la presidencia.
Es de resaltar que de momento la decisión es provisional, por lo que la CC se dispone a escuchar el resto de argumentaciones hasta dar un fallo definitivo sobre el caso y determinar si todos los secretarios deben gozar de dicha prerrogativa o bien se mantiene el retiro de este derecho para los funcionarios ya mencionados.







