Consejo de la Carrera Judicial no solicitó al Congreso nombramiento de nuevos magistrados. Foto La Hora: OJ
Consejo de la Carrera Judicial no solicitó al Congreso nombramiento de nuevos magistrados. Foto La Hora: OJ

Tras el rechazo de diferentes sectores a los nombramientos discrecionales que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) realizó para conformar cuatro nuevas salas de apelaciones que recientemente fueron creadas y tras no informar al Congreso de dichas acciones, este martes 16 de septiembre se conoció que el Consejo de la Carrera Judicial (CSJ), que dirige la magistrada Flor García Villatoro, notificó a los diputados que crearon los nuevos órganos, pero no solicita el nombramiento de magistrados como se establece en ley.

De acuerdo a lo que se tuvo conocimiento, el pasado 8 de septiembre, el CSJ presentó al congreso dos memoriales dirigidos al presidente Nery Ramos, para informar de la creación de las Salas de Apelaciones de Totonicapán y Coatepeque, Quetzaltenango.

Sin embargo, en ambos documentos, el consejo señala que «para dar cumplimiento a lo instruido» por el CSJ, se informa que ya se encuentran vigentes los acuerdos de creación de las salas de Apelaciones respectivas y avisa al Congreso que, en el caso de la sala de Coatepeque, comenzará en funciones el 4 de septiembre y la de Totonicapán el 5 de septiembre.

Según se ha señalado, y de acuerdo con lo que describe el decreto 33-2017, cuando el Congreso nombró nuevos magistrados, sentando la base que es este órgano de estado el único que puede nombrar nuevos magistrados, el documento no pide al pleno de diputados que se nombre a los titulares de estas salas. Por el contrario, el CSJ solo indica que se «dé aviso al Congreso de la República de Guatemala, dado que dicha Sala ya estará en funcionamiento… para los efectos legales correspondientes».

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La legitimidad de los nombramientos realizados hasta ahora por la CSJ, tras haber nombrado magistrados suplentes como titulares, e incluso jueces como magistrados suplentes, aún sigue siendo discutido, pues de acuerdo con la Constitución de Guatemala, en sus artículos 208, 217 y 218, establece que los magistrados titulares de las Cortes de Apelaciones deben ser electos por el Congreso a partir de nóminas propuestas por las Comisiones de Postulación.

AMPARO PENDIENTE

Al momento, la Corte de Constitucionalidad (CC) sigue sin resolver un amparo promovido por un grupo de abogados que buscan que se deje sin efectos los nombramientos discrecionales de la CSJ y se instruya al Congreso a que realice el nombramiento tal y como establece la constitución.

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El amparo fue presentado el pasado 1 de septiembre, y aunque el máximo órgano constitucional del país ya solicitó los informes circunstanciados para hacer un análisis y dar una resolución, hasta el momento dicha solicitud de amparo no ha sido discutida en el pleno de la CC.

Sergio Osegueda
Periodista con experiencia de 17 años. Apasionado por las tradiciones de nuestro país.
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