
La jueza de Mayor Riesgo «C», Carol Berganza, admitió una tercera solicitud de la defensa de María Fernanda Bonilla y José Luis Marroquín, de aceptar cargos por su presunta responsabilidad en la muerte de Melisa Palacios, y dio trámite para conocer el proceso que podría beneficiar a ambos sindicados.
La semana pasada, había sido rechazada la segunda petición planteada por el abogado defensor de Bonilla y Marroquín, con una resolución en la que Berganza señaló que no se le podía dar trámite, ya que no iba firmada por los sindicados, por lo que se presentó una nueva petición corrigiendo los errores advertidos por la juzgadora.
En tal sentido, la jueza fijó la audiencia para discutir la aceptación de cargos, el próximo 2 de septiembre, a las 8:30 de la mañana, fecha que con anterioridad Berganza había fijado para discutir si ambos implicados debían o no enfrentar juicio por este caso.
Juzgado rechaza petición de María Fernanda Bonilla para aceptar cargos
A pesar de ser una judicatura que no contaba con mora judicial, se indicó que esta era la fecha más próxima para discutir los asuntos relacionados con este caso.
SIN BENEFICIOS
Es de recordar que en este caso, desde finales de 2021, luego de que el juez Maximino Morales otorgara el cambio de delito de asesinato por el de homicidio en estado de emoción violenta, Bonilla intentó someterse a un proceso de aceptación de cargos, sin embargo, se retractó en noviembre de 2024 cuando se pretendía discutir su petición ante el Juzgado de turno de Instancia Penal de Chiquimula.
De acuerdo con el artículo 491 del Código Procesal Penal, que regula el derecho de retractación de una aceptación de cargos, «el procesado tiene derecho a retractarse de la aceptación de cargos, hasta antes de que el juez lo declare responsable. Si se retracta oportunamente, podrá aceptar los cargos durante el curso del proceso, pero no tendrá los beneficios propios de la aceptación».
Es decir, Bonilla y Marroquín ya no podrían obtener el beneficio de la reducción de la pena, como lo establece la ley.
No obstante, dado el beneficio que Morales le concedió a Bonilla en 2021, cuando le modificó el delito, ahora podría tener una pena menor.
Según el Código Penal, el delito de asesinato, tiene una pena mínima de 25 años de prisión y una máxima de 50, pero como el delito fue cambiado a homicidio en estado de emoción violenta, el código establece que la pena podría ser de entre dos y ocho años de cárcel.
Si Berganza acepta el procedimiento solicitado por la defensa, Bonilla podría recibir una pena mínima si se acreditan que no ha cometido delitos anteriormente.
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