Mientras la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) insiste en que los antiguos investigadores procuraron supuestas acciones ilegales en la averiguación de la verdad dentro del caso Odebrecht, en silencio y sin dar a conocer pormenores, los seis extrabajadores vinculados al empresario Carlos Batres Gil ya fueron condenados, pero no por los delitos por los que originalmente fueron vinculados.
El pasado 12 de mayo, la FECI anunció que el Juzgado de Mayor Riesgo D, giró 7 órdenes de captura de personas que pudieran tener vínculos dentro del caso Odebrecht, pero no en la fase de acuerdos fraudulentos, sino en la trama latinoamericana donde la constructora brasileña otorgó sobornos para hacerse de proyectos carreteros en Guatemala.
En tal sentido, ese día el juzgado también citó a seis trabajadoras de la empresa vinculada al empresario Carlos Batres Gil, quien el año pasado fue liberado de los cargos.
Estos seis trabajadores fueron identificados como Florencio Damasio Reyes Marroquín, Enrique Hu, Arturo Abimael Herrera, Antonio Caal, Haroldo Uriel Martínez y Gustavo Enrique Hernández Gil, a quienes se les señaló de los delitos de asociación ilícita y conspiración para el lavado de dinero.
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Sin embargo, a dos meses de iniciada la primera declaración y de no informar las resoluciones sobre la situación jurídica de estas personas, este miércoles, se conoció que los seis implicados, ya fueron condenados, pero por otro delito, luego que se sometieran a un proceso de aceptación de cargos.
CAMBIO DE DELITO
La imputación original señaló a los trabajadores de Batres Gil de haberse unido a él, para ayudarlo a lavar dinero. Supuestamente, Odebrecht entregaba los sobornos al exministro de comunicaciones, Alejandro Sinibaldi, y este los entregaba al empresario para que a través de sus empresas pudiera darle apariencia de legalidad.
Para esto, Batres habría utilizado a los seis trabajadores entregándoles cheques a su nombre, para que de forma inmediata estos los cambiaran en el banco, (una agencia ubicada en Quiché) y así le entregaran el dinero nuevamente al empresario.
Estos elementos hicieron que se les señalara de conspiración para el lavado de dinero.
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Sin embargo, en una audiencia se cambió el delito a los seis trabajadores. Según explicó la jueza Abelina Cruz, en la argumentación refiere que si bien es cierto, los trabajadores fueron «usados» para cambiar los cheques y ayudar a otra persona a lavar dinero, estos «desconocían» la finalidad de las transacciones.
Aunado a esto, refirió que los sindicados, no recibieron beneficio alguno del dinero lavado, por lo que no se podría señalar que estos conspiraron para cometer dicho delito.
Esto motivó que se cambiara el delito de conspiración para el lavado de dinero al de encubrimiento propio, que según el Código Penal tiene una sentencia menor en caso de condena.
LA SENTENCIA
Como ha sucedido en otros casos, donde Cruz ha modificado delitos como asesinato, conspiración para el asesinato o como en este proceso, conspiración para el lavado de dinero a encubrimiento propio, los implicados deciden someterse de forma inmediata a un proceso de aceptación de cargo, de modo que así son beneficiados con una pena reducida a la mitad.
Ante tal situación, el proceso fue aceptado, por lo que los seis recibieron su condena. Por el delito de asociación ilícita una pena de seis años de prisión, que al recibir el beneficio de la ley, se redujo a tres años, mientras que por el delito de encubrimiento propio se les impuso una pena de seis meses, que con el beneficio, finalmente la pena fue de tres meses.
En ambos delitos, la pena es conmutable.
ENFERMEDAD Y DESACUERDOS
No obstante, aunque hay una sentencia dictada contra los seis trabajadores, la sentencia quedó incompleta, pues uno de los sindicados, Florencio Damasio Reyes Marroquín, está sufriendo quebrantos de salud, que lo tienen recluido en hospital.
Hasta el momento, se desconoce cuanto tiempo ha pasado hospitalizado, sin embargo, por estos motivos la audiencia de reparación digna no se podía llevar a cabo hasta este día, en que la juez sometió a discusión la continuidad de la audiencia.
De todas las partes, únicamente el representante de la Procuraduría General de la Nación (PGN) se opuso a la continuidad, pues afirmó que se podrán estar variando las formas del proceso al excluir de la misma a Reyes.
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Pero la juzgadora señaló, que en el caso del sindicado enfermo, se le dejaba por separado para resolver su situación cuando este estuviera en mejores condiciones de salud sin retrasar el proceso para los sindicados.
Por tal motivo y ante la protesta de la PGN, el proceso continúo, donde el mismo representante solicitó el pago de reparaciones dignas que iban desde los Q30 mil hasta los Q98 mil, teniendo en cuenta la ayuda que estos habían dado a personas para que lavaran dinero.
No obstante, Cruz atendió la petición de la defensa y aseguró que los delitos por los cuales habían sido condenados ya no tenían relación ni con lavado de dinero ni con cohecho activo, por lo que no podían atender la petición de la PGN.
Finalmente, se le ordenó el pago de una reparación digna por un monto total de Q20 mil a cada condenado, lo cual se divide en Q10 mil para la iglesia San Rafael Arcángel en la zona 18 y Q10 para la tesorería nacional.
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