
La resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC) dentro del caso por la muerte de la ciudadana hondureña Floridalma Roque, con la cual se ordena se otorgue un amparo provisional el cual deja sin efecto la audiencia de aceptación de cargos a favor del cirujano plástico, Kevin Malouf, sigue generando diferentes opiniones.
A criterio de la defensa de Malouf, la decisión del tribunal constitucional no debe frenar la aceptación de cargos que hasta el momento continúa en desarrollo.
Según indicó el abogado del cirujano, Alejandro Arriaza, en la resolución se establece que si la audiencia de aceptación de cargos ya se realizó, entonces el amparo queda sin materia.
«La misma Corte de Constitucionalidad, en la parte de los antecedentes, dice que esta situación, este amparo, queda sin materia si ya se llevó a cabo la aceptación de cargos», manifestó.
No obstante, según lo establecido en la resolución, en la página 5 y 6 de la misma refiere que: «Resulta procedente la tutela constitucional interina, en tanto se tramita el amparo, evitando que se lleve a cabo la audiencia de aceptación de cargos que se encuentra pendiente de celebrar, pues de ocurrir aquella, dejaría sin materia el amparo, lo cual no debe permitirse».
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Así mismo la Corte en siguiente inciso indica: «Es evidente que los actos reclamados causan violaciones y agravios que reclama y deben ser reparados de forma pronta y eficaz», con estos argumentos, la CC ordena que se otorgue el amparo provisional.
Arriaza afirmó que la corte debe aclarar ese punto sobre si el amparo tiene o no aún materia, por lo que presentó un recurso de aclaración que espera sea resuelto en los próximos días y que de momento mantiene detenida la orden dada a la Sala Primera de Apelaciones Penal.
RESOLUCIÓN ES CLARA
Por su parte, Stephanie Monroy, abogada del Instituto de la Víctima y quien representa a los familiares de Floridalma Roque durante el proceso, aseguró que la resolución de la CC «es clara» y deben anularse todas las audiencias posteriores al cambio de delito decretado por el juez Pedro Laynez.
Según explicó, «todos los actos procesales en cuanto a esas audiencias posteriores en relación al cambio de calificación jurídica y aceptación de cargos, quedan en suspenso».
Ante los señalamientos de Arriaza, de que el amparo ya quedó sin materia, la abogada aseguró que esa es «una apreciación» del defensor de Malouf. «La decisión de la Corte es dar el amparo para que no se continúen violando los derechos de las víctimas y más aún del debido proceso», resaltó.
Hasta ahora, la audiencia de aceptación de cargos, aunque se dictó una pena de prisión contra los tres sindicados en el caso, esta no ha concluido, ya que aún está pendiente que se defina la reparación digna dentro del proceso, que es también parte de la condena que se debe dictar en estos casos, para lo cual el juez Laynez, fijo el 18 de marzo para realizar la misma.
Por el momento, dicha audiencia sigue en pie.
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