La Corte de Constitucionalidad declaró con lugar una apelación planteada por el Ministerio Público (MP) con la cual ordena a la Sala Primera de Apelaciones Penal que otorgue un amparo provisional para dejar sin efecto la decisión del juez Pedro Laynez de cambiar el delito de homicidio a homicidio culposo a favor del cirujano plástico Kevin Malouf por su participación en la muerte de la ciudadana Floridalma Roque.
De acuerdo con la resolución, Malouf así como la enfermera Susana Rojas y la anestesióloga Lydia Moreira no pueden ser procesados por delito culposo, por lo que Malouf y Moreira deben ser enviados a juicio por el delito de homicidio, mientras que Rojas por el delito de homicidio en grado de complicidad.
Según la CC, existen las circunstancias y se dan los supuestos de ley para que se le otorgue al MP el amparo solicitado y así la Sala emita una nueva orden, en el que deje sin efecto la resolución de Laynez y se proceda conforme a lo resuelto por el tribunal constitucional.
Con esta decisión, no solo se revierte la decisión de cambiar de delito, sino que además, deja sin efecto la audiencia de aceptación de cargos del pasado 5 de marzo, donde los tres sindicados fueron condenados con rebaja de penas que van de los 2 años a los 3 años y cuatro meses tras obtener el beneficio que dicha ley les confería al ser procesados por un delito de menos gravedad.
Se espera que en los próximos días, la Corte traslade las notificaciones respectivas a la Sala para que esta dé cumplimiento con lo expresado en la resolución y que como efecto se retrotraiga el proceso que hasta ahora permitía a Malouf pagar una cantidad de dinero para obtener su libertad.
Así mismo, esto podría dejar sin efecto la audiencia programada para el 18 de marzo, donde se discutiría la reparación digna que ordenaba la ley de aceptación de cargos, mientras que la audiencia de anticipo de prueba continúa firme.
PENDIENTE DE NOTIFICACIÓN
Tras la decisión de la CC, el defensor de Malouf, Alejandro Arriaza, indicó que analizará que acciones podría solicitar. «Lo que procede, tal vez, es revocar esa decisión de la sala solicitándole a la sala», indicó.
Sin embargo, el defensor aseveró que tiene «que leer la resolución en sí, a ver que es lo que ordenan los honorables magistrados de la Corte de Constitucionalidad, porque si ordenan algo lo único que tiene que hacer la sala competente que es la Sala Primera es darle cumplimiento a la resolución de la Corte de Constitucionalidad, acá el problema es que aún no tengo la notificación», explicó.
Así también se consultó con la fiscalía a cargo del caso, pero también indicaron que esperan ser notificados de la decisión para que se proceda conforme lo indicaron los magistrados.
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