Rafael Curruchiche dice que integraron normas (hasta civiles) para cancelar a Semilla

Sergio Osegueda

El jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Rafael Curruchiche, reveló que fue por petición de su unidad que se procuró la cancelación de la agrupación política Movimiento Semilla y que se hizo público este 28 de noviembre.

Curruchiche aseguró que «se hizo una integración de las normas que rigen el sistema penal de la República de Guatemala» para hacer la petición al juez Fredy Orellana y así procurar la cancelación de Semilla.

Entre estas normas que fueron integradas, según el fiscal, están «el artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, Código Procesal Civil y Mercantil, Ley Electoral y de Partidos Políticos, del Código Penal y del Código Procesal Penal».

Aunado a esto, el jefe de la Feci manifestó que la petición también fue basada en las cuatro sentencias dictas contra igual número de sindicados en el caso y que se sometieron a la Ley de Aceptación de Cargos, incluida la directora del Instituto de la Víctima, Ligia Hernández.

Por medio de la red social «X», el Ministerio Público (MP) indicó que el sustento para pedir la cancelación fueron las declaraciones de Hernández, condenada por los delitos de financiamiento electoral no registrado y de la fiscalización electoral de fondos, también en la de José Alejandro Rueda Lone, sentenciado por incumplimiento de deberes y tráfico de influencias; Jennyfer Mireya Estrada Escobar, condenada por incumplimiento de deberes y Katherine Johanna Villatoro, sentenciada por incumplimiento de deberes, informes de auditoria del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y reportes de transacción sospechosa.

Tras reforma de ley, juez Fredy Orellana cancela al Movimiento Semilla

URGENCIA POR MODIFICACIÓN

El pasado martes 26 de noviembre, el Congreso de la República modificó el artículo 82 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en la que los diputados procuraron que esta normativa no sea aplicable “a las personas jurídicas de derecho público sujetas a normativa específica, o bien, a leyes constitucionales. Tampoco es aplicable a las organizaciones políticas, las cuales, para efectos de suspensión y/o cancelación, se encuentran únicamente sujetas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos”.

Ante esta situación y la posibilidad de urgir la cancelación de Semilla por la posible entrada en vigencia de la reforma, Curruchiche señaló que no emitiría una opinión todavía.

Sin embargo, manifestó que, se les «dio la oportunidad de hacer la petición», descartando que fuera una reacción a la modificación legislativa, pero de igual forma están pendiente de la publicación oficial de la reforma para «analizar» posibles acciones que podrían interponer en contra de esta.