Maynor Oajaca queda en libertad tras anulación de sentencia en su contra. Foto: Mingob
Maynor Oajaca queda en libertad tras anulación de sentencia en su contra. Foto: Mingob

La Sala Quinta de Apelaciones de Quetzaltenango, anuló la sentencia de 256 años de prisión dictada en contra de Mynor Fabricio Oajaca Quiroa, líder de la estructura «Los Oajaca», ordenando su libertad inmediata, así como a favor de otros ocho miembros de la banda.

Según notificó la sala, en su resolución proferida el 13 de septiembre pasado, a criterio de los magistrados hubo elementos que los miembros del Tribunal de Mayor Riesgo de Quetzaltenango, no tomó en cuenta y asegura que no se probó que tanto Oajaca como otros miembros de la banda, hayan cometido los cinco asesinatos que afirmó la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI).

De acuerdo con la acusación, Mynor Oajaca, Karla Francisca López, Florencio Aníbal de la Cruz y Álvaro Noé López serían los responsables de la muerte violenta de Delia Gabriela Charchal Barrientos, hija del ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia, así como en contra de otras 4 personas, luego que estos tuvieron un altercado con Oajaca en un restaurante en Suchitepéquez.

Sin embargo, la sala estimó que aunque el tribunal dio valor probatorio a los testimonios que aseguraron que Oajaca y otros implicados estaban presentes cuando ejecutaron a las víctimas, pero las declaraciones no son precisas y carecen de una identificación plena de los supuestos victimarios por lo tanto no se puede adjudicar la acción al grupo.

«Si bien es cierto se acredita que después de la muerte de las víctimas el sindicado llegó al lugar de los hechos, empero únicamente se acredita eso, es decir no se acredita de que forma fue que participó el sindicado en el delito de asesinato, si se individualiza que acción fue que este tomó», señala la sala encabezada por la magistrada Dasma Guillén.

«Los Oajaca» buscan anular sentencia de más de 200 años de cárcel

VIDEO PRUEBA MUERTE

A Mynor Oajaca también se le acusó de causar la muerte a Estuardo Samuel Mérida Ávila, de quien la FECI en su momento aportó un video captado por la cámara de seguridad de un bar, en donde se observa como la víctima es sacada del lugar y tras un intercambio de palabras es ejecutado por Oajaca.

Aunque dicho material muestra abiertamente el hecho, la defensa argumentó que hay un informe que el tribunal obvió, en donde se señala que Oajaca al ser una persona violenta no tiene control sobre sus actos, por lo que a la más mínima provocación este podría actuar sin pensar en contra de quien lo provoque, por lo que a criterio de los magistrados, este no pudo cometer el delito de asesinato sino el de homicidio en estado de emoción violenta.

Por tal razón, la pena le fue rebajada a la mínima de 2 años además de 6 meses por el delito de lesiones leves, sin embargo, derivado a que Oajaca ha cumplido más de 7 años en prisión preventiva, se toma por cumplida la pena.

INMEDIATA LIBERTAD

Al igual que Oajaca, los otros sindicados señalados de asesinato corrieron las misma suerte, pues según la argumentación de los magistrados, tampoco existen pruebas contundentes que hagan creer que estos estuvieron presentes en los hechos ilícitos señalados por el Ministerio Público (MP).

Por tal razón las penas que iban de 225 a 256 años de cárcel, quedan anuladas y al considerar que no hay motivos para que estos sigan guardando prisión, se ordena que estos queden en libertad inmediata.

A pesar de que aún se espera conocer si el MP impugnaría la decisión ante la Corte Suprema de Justicia antes de que la misma cause firmeza.

 

Sergio Osegueda
Periodista con experiencia de 16 años. Apasionado por las tradiciones de nuestro país.
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