El Ministerio Público (MP) y la Procuraduría General de la Nación (PGN) apelaron la sentencia emitida por el Juzgado de Extinción de Dominio, en la cual se ordena extinguir un total de Q34.7 millones que pertenecieron al ex superintendente Marco Tulio Abadío y que dichos fondos se entregarán de forma íntegra a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
En sus alegatos, ambas entidades afirman que el dinero no debió ser entregado en su totalidad a la SAT, pues no todos los fondos provenían de lo extraído ilícitamente de la institución, sino que había mezclas con fondos ya existentes y otros eran producto de intereses y transacciones anómalas.
Por su parte, la representante de la SAT, expresó sorpresa, pues aseguró que no era posible que si la PGN debía velar por el bienestar del Estado, esta se opusiera a que una entidad del Estado recibiera los fondos que les habían sido quitados de forma ilícita.
#AhoraLH | La Sala Primera de Apelaciones de Mayor Riesgo conoce dos apelaciones presentadas en contra de la resolución que extinguió el dominio de Q34 millones a Marco Tulio Abadío. El MP impugnó decisión de trasladar el dinero de manera íntegra a la SAT, mientras que la defensa… pic.twitter.com/joaW972RvI
— Diario La Hora (@lahoragt) June 26, 2024
Aunado a estas apelaciones, se suma la de la defensa de Abadío, quien pretendía se declarara nulo el fallo al considerar que hubo vicios en el proceso.
A criterio del abogado, había similitud entre la redacción de la sentencia proferida por el juez Marco Antonio Villeda y lo presentado por la Fiscalía, por lo que consideraban que no debía ser avalada la decisión.
TODO RECHAZADO
Tras analizar cada uno de los alegatos, la Sala Primera de Apelaciones de Mayor Riesgo rechazó todas las apelaciones presentadas.
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Opinión
«Advertimos que la sentencia recurrida explica cada medio probatorio porque se le otorga o no el valor probatorio, tampoco encontramos que existía incongruencia entre rechazar y luego analizar o luego tratar la prueba, ya que es una parte del resumen que la sentencia lleva», señalaron los magistrados.
Ante tal situación, la Sala dejó incólume la resolución emitida por Villeda, por lo que tanto la extinción del dinero como la orden de trasladarlo íntegro a la SAT sigue vigente.