La Corte de Constitucionalidad decidió no decretar la suspensión provisional de artículos de los acuerdos 14-2023 y 16-2023, aprobados por el Congreso de la República para dar posesión de los cargos a los actuales magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
La acción de inconstitucionalidad, interpuesta por el abogado Melkin Escobar, no concurre en los supuestos para que los acuerdos queden suspendidos mientras se hace un análisis profundo del requerimiento, según indica la CC en su resolución.
En este caso, el abogado, aseguraba que dichos acuerdos contenían inconsistencias, pues los magistrados no debían haber sido nombrados para concluir el periodo 2019-2024, sino se les tenía que dar el periodo de 5 años que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, es decir entregar el cargo hasta 2028.
Esto, pese a que en la resolución de la CC de 2023 en el cual ordenó al Congreso elegir cortes, se estableció que la elección de estos era únicamente para concluir el periodo, que termina el 12 de octubre del presente año.
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En la resolución la CC da audiencia por 15 días comunes al Congreso de la República y a la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal del Ministerio Público.
El documento es firmado por el Presidente de la CC, Néster Vásquez, y los magistrados Leyla Susana Lemus Arriaga, Roberto Molina Barreto, Dina Josefina Ochoa Escribá, Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, Héctor Hugo Pérez Aguilera y Luis Alfonso Rosales Marroquín.
La CC cierra la puerta a prolongación de poderes en el Organismo Judicial
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— Diario La Hora (@lahoragt) June 4, 2024
CASOS SIMILARES
En situaciones anteriores, la CC ya ha resuelto situaciones similares, como en el año 2014, cuando manifestó que el periodo de posesión de la Fiscal General debía permanecer inalterable y los retrasos en la toma de posesión no debían afectar las fechas para la alternabilidad del cargo respectivo.
En ese mismo contexto se registró en ese año, cuando los magistrados de la CSJ para el periodo 2014-2019, asumieron sus puestos en noviembre y no en octubre como establece la ley, pero el máximo tribunal estableció que debían respetarse las fechas ya estipuladas en ley.