Este fin de semana habrá prohibición en el expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o consumo en lugares públicos. Foto: La Hora

El pasado miércoles 28 de julio concluyó el Estado de Prevención decretado durante 15 días por el Gobierno del presidente, Alejandro Giammattei, para reducir los contagios de Covid-19. En esa medida modificó el horario de la Ley Seca, lo cual ha generado diversas dudas entre los guatemaltecos sobre cuáles son las horas en las que no se permite el expendio de bebidas alcohólicas o consumo en público.

Con el Estado de Prevención estaba prohibido el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, así como su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares de lunes a domingo, de las 18:00 a la 6:00 horas del día siguiente

Ahora la medida sigue como antes, es decir, a partir de las 21:00 horas como quedó instituida en el Acuerdo Gubernativo 151-2020 del Ministerio de Gobernación publicado el 29 de septiembre del año pasado.

En ese acuerdo se determinó que la prohibición es de lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta el día siguiente a las 6:00 horas.

Personal de varias instituciones hicieron recorridos para verificar el cumplimiento de la normativa. Foto: AGN/PNC


 

LAS SANCIONES

El incumplimiento de esta medida implica una sanción a establecimientos de Q100 mil y un expediente administrativo. Mientras que la reincidencia es motivo de cierre para el lugar.

A las personas que se sorprenda bebiendo licor en la vía púbica o establecimientos serán sancionadas con Q5,000.

Además, se prohíbe a cualquier hora ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública, así como en aquellas áreas adyacentes a los establecimientos comerciales abiertos al público, lo que incluye discotecas, restaurantes, comedores, tiendas de conveniencia de los expendios de combustible.



 

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