Por Sara Solórzano
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) publicó este martes en el Diario de Centro América la Resolución 16-2021, con la cual deja sin efecto la decisión de clasificar como reservados los expedientes de investigación de la Inspectoría General iniciados desde 2020.
El órgano electoral indicó que el Pleno de Magistrados analizó la resolución 10–2021 y para revocarla se fundamentó en el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley de Acceso a la Información Pública.
La resolución 10–2021 fue emitida en marzo y había sido cuestionada porque no detallaba qué expedientes serían declarados en reserva.
El Tribunal Supremo Electoral publicó en el Diario de Centroamérica la resolución 10-2021, por medio de la cual revoca la clasificación como reservados de los “expedientes de investigación que se iniciaron a partir del 2020”. pic.twitter.com/On7vR8y7BN
— Diario La Hora (@lahoragt) May 11, 2021
Uno de ellos, fue el procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, quien presentó un recurso de revisión argumentando que la decisión incumplía con la normativa legal aplicable, debido a que no se está reservando información concreta a la cual pueda aplicarse favorablemente la prueba de daño, sino por el contrario, reserva información genérica, incluso información que aún podría no existir.
La información reservada es aquella cuyo acceso se encuentra temporalmente restringido. Para que una autoridad pueda clasificarla como tal, debe demostrar que el hacerla pública conlleva riesgos como, por ejemplo, que su difusión perjudique una investigación judicial en curso.
En su oportunidad el pleno de magistrados resolvió que todas las investigaciones que realiza el Inspector General y que se iniciaron a partir de 2020 no podían ser difundidas al público bajo la justificación que publicitar dichos documentos “puede causar un serio daño o perjuicio a las actividades de investigación”.
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