La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió la aclaración planteada por la Junta Directiva del Congreso respecto al Estado de Calamidad, indicando que la aprobación, improbación o modificación de este la deberá conocer y resolver el pleno de diputados en un solo acto y con mayoría absoluta, es decir 81 votos, en sesión permanente.
El pasado domingo, la Junta Directiva del Congreso se reunió luego de que la CC decidiera no conceder la suspensión provisional del decreto solicitado por la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), ordenando al Legislativo cumplir con su obligación constitucional de votar en algún sentido sobre el decreto.
El presidente del Congreso, Allan Rodríguez, argumentó que la solicitud de aclaración buscaba cumplir con las normas Constitucionales.
La Junta Directiva del Congreso de la República convocó a sesión ordinaria este lunes 23 a las 14 horas, para discutir, con carácter urgente, el decreto que emitió el Ejecutivo.
EL DECRETO Y SUS MODIFICACIONES
El Estado de Calamidad que decretó el presidente, Alejandro Giammattei en Consejo de Ministros pretende mitigar la escalada de casos positivos de Covid-19 en el país, atribuida a la variante Delta de este virus.
La PDH presentó una inconstitucionalidad que pretendía dejar sin efecto las disposiciones implementadas bajo el Decreto Gubernativo 6-2021, sin embargo, la decisión de los magistrados fue no otorgar la suspensión provisional.
La resolución de la CC por este caso ordenó al Congreso sesionar hasta que cumpla con su “obligación constitucional” de aprobar, improbar o modificar el Decreto, además, advirtió que aquellos diputados que no sesionen pueden caer en “responsabilidades civiles y penales”.
Posteriormente, la noche del sábado la Presidencia anunció modificaciones al Decreto 6-2021 y uno nuevo, el 7-2021, fue enviado al Legislativo para que sea conocido y analizado por los diputados.