Recientemente, la CC revocó un amparo provisional y dejó sin efecto diferentes recursos interpuestos en contra de la entrada en vigencia de las reformas aprobadas a la Ley de ONG. Foto: La Hora/Archivo.

POR MANUEL GARCÍA
mgarcia@lahora.com.gt

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) rechazaron la entrada en vigor de las recientes reformas a la Ley de Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo (Ley de ONG), mismas que según la Comisión, contravienen el espacio público, contraviene los derechos de asociación, a la libertad de expresión y dificulta “desproporcionadamente” la participación pública y la defensa de los derechos humanos (DD. HH.).

Recientemente, la Corte de Constitucionalidad revocó un amparo provisional y dejó sin efecto diferentes recursos interpuestos en contra de la entrada en vigencia de las reformas aprobadas a la Ley de ONG´s que habían sido aprobadas por el Congreso de la República mediante Decreto 4-2020 del 11 de febrero de 2020, y sancionadas por el titular del Ejecutivo el 27 de febrero de 2020.

Por lo que, a través de un comunicado, la CIDH señaló que, las reformas aprobadas afectarían gravemente la capacidad de las organizaciones de derechos humanos de cumplir con su legítima labor de defender derechos humanos en Guatemala.

PIDEN DAR MARCHA ATRÁS A REFORMAS

En este sentido exhortó al Estado de Guatemala a derogar dichas reformas, pues consideran que “restringen el espacio público, contraviene los derechos de asociación, a la libertad de expresión y dificulta desproporcionadamente la participación pública y la defensa de los derechos humanos.

Según la CIDH, estas reformas establecen un conjunto de requisitos para la constitución, inscripción, reglamentación, funcionamiento y fiscalización aplicables a las ONG nacionales e internacionales que, “además de resultar excesivos y desproporcionados, en la práctica, podrían usarse de manera discrecional o arbitraria en perjuicio de las entidades de la sociedad civil en el país”.

Asimismo, resulta preocupante para la Comisión y a su RELE, el establecimiento de definiciones rígidas y limitativas de lo que constituye una ONG; “así como la posibilidad de limitar con criterios vagos y ambiguos el acceso a financiamiento extranjero por razones de orden público mediante la imposición de sanciones, la cancelación del registro y la apertura de procesos penales”.

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TAMBIÉN PREOCUPA POSIBLES MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL

La CIDH mencionó en el comunicado que observa con preocupación que, el Decreto 4-2020 reformaría el Código Civil guatemalteco, con el propósito de incorporar facultades discrecionales a cargo del Ejecutivo relacionadas con la vigilancia y fiscalización de las actividades de las ONG, incluida la facultad de disolución, por razones de «orden público».

La Comisión recuerda que, “el libre y pleno goce de la libertad de asociación impone a los Estados el deber de crear las condiciones legales y fácticas a través de las cuales las personas defensoras de derechos humanos, medios de comunicación y periodistas puedan ejercer libremente su labor.

LLAMAN A GARANTIZAR INDEPENDENCIA JUDICIAL

En tal sentido, la CIDH lamentó que la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC), que posibilita la entrada en vigor de las reformas mencionadas, ocurra en un contexto tras la negativa del Congreso de tomar posesión a una de las magistradas electas para el período 2021-2026.

La Comisión reiteró su urgente llamado al Estado guatemalteco a garantizar la independencia judicial, mediante el respeto al proceso de nombramiento, conforme normativa interna y obligaciones internacionales.

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