El ministro de Finanzas Públicas, Álvaro González Ricci justificó la necesidad de generar nueva Ley de Contrataciones. Foto La Hora/José Orozco

POR MANUEL GARCÍA
mgarcia@lahora.com.gt

El Ministerio de Finanzas publicó este día en el diario oficial el acuerdo gubernativo 50-1021, “Medidas y lineamientos de control que mejoren el gasto público y transparencia del presupuesto para el ejercicio fiscal 2021”, en el cual la cartera implementa dos capítulos, el primero habla de transparencia y calidad del gasto y el segundo de control del gasto.

Según el artículo uno, las presentes medidas y lineamientos de control son de cumplimiento obligatorio para la Presidencia de la República, ministerios de Estado, secretarías y otras dependencias del Ejecutivo y Procuraduría General de la Nación, entidades descentralizadas que reciben aportes de la administración central.

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“Las máximas autoridades de las instituciones y entidades que ejecuten fondos públicos, son los pensables de dar acceso irrestricto de todos los informes de rendición de cuentas y transparencia en la ejecución presupuestaria a los que se refiere el crédito número 25-2018 del Congreso de la República vigente para el ejercicio fiscal 2021, los cuales además deben ser publicados en las páginas web institucionales que correspondan en un apartado accesible que facilite su ubicación, denominado transparencia presupuestaria”, indica el documento.

Además de incluirse una versión digital original, deberá integrarse una versión editable para promover el uso de datos abiertos y la auditoría social, según la norma.

El artículo cuatro de este decreto habla de la metodología del presupuesto abierto, “en el marco de la transparencia fiscal y bajo los principios de participación pública en la política fiscal, el Ministerio de Finanzas, durante el proceso de formulación del Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2021 deberá realizar actividades presenciales o virtuales de Presupuesto Abierto, utilizando una metodología abierta y participativa, para contar con sugerencias y propuestas de organizaciones de sociedad civil, sectores académicos, centros de investigación, sector empresarial y ciudadanía en general, para su análisis y consideración”.

DECRETO INCLUYE CONTROLES DE VACUNACIÓN
En el artículo 10 del decreto se habla de la verificación de bases de datos de beneficiarios de programas sociales que forman parte del Ministerio de Desarrollo Social y Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, los cuales deberán ser públicos en las páginas de cada ministerio.

En este caso se incluye el plan de vacunación del Ministerio de Salud: “Con el objeto de asegurar la efectividad y mejorar la transferencia de los diferentes programas, incluyendo el plan estratégico nacional de vacunación contra el Covid-19 para la protección de la población en Guatemala, el Ministerio de Salud Pública coordinará con las entidades del sector salud la implementación y los registros, así también, como controles de los beneficiarios con base en el código único de identificación CUI”.

Incluso se incluiría un apartado para el control de la vacunación. Foto La Hora/Salud

En el capítulo II, según el artículo 15 del decreto, priorización de utilización de ingresos propios, “con el objetivo de priorizar el uso de los recursos públicos, las instituciones deben programar a ejecutar de forma eficiente y productiva de recursos del saldo de caja de ingresos propios que hayan acumulado en ejercicios fiscales anteriores, así como los que originen como producto de los reportes que reciben de la administración central, a través de las obligaciones del Estado cargo del tesoro, para lo cual deberán gestionar, cuando corresponda las respectivas sustituciones de fuentes de financiamiento”.

Dentro de la vinculación plan-presupuesto, la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia en conjunto con Minfin evaluarán los planes estratégicos y operativos, “para orientar la asignación de los recursos a los programas presupuestarios que respondan al cumplimiento de las prioridades nacionales de desarrollo, las políticas públicas, las metas de la política general de gobierno y lineamientos generales de planificación”.

El presente acuerdo entrará en vigor a partir de este 24 de marzo y fue firmado por el Consejo de Ministros.

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