Por Lourdes Arana
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La Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad (AGJI), presentó este jueves una inconstitucionalidad en la Corte de Constitucionalidad en contra del «Reglamento de reingreso de jueces que hayan ingresado al Organismo Judicial por medio del sistema de Carrera Judicial y que no hayan sido reelectos como magistrados”, cita un comunicado compartido en redes sociales por la organización.
La acción de inconstitucionalidad de carácter general está dirigida en contra de los artículos 2 y 3 del Acuerdo 03-2020, emitido por el Consejo de la Carrera Judicial (CCJ), el cual aprueba el reglamento de reingreso de jueces.
En este sentido AGJI, considera que “se violentan los principios de seguridad jurídica, igualdad, legalidad en la función pública, jerarquía normativa y supremacía legislativa y reserva de ley en materia de carrera judicial”.
La Asociación de Jueces por la Integridad presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del reglamento del CCJ para el reingreso de jueces que hayan ingresado al organismo judicial por medio del sistema de carrera judicial y que no hayan sido reelectos como magistrados. pic.twitter.com/5HnGwUKDk8
— Diario La Hora (@lahoragt) April 8, 2021
ARGUMENTOS
Debido a que, según la Asociación, se violenta el artículo 16 de la Ley de la Carrera Judicial, al no exigir como requisito la aprobación del concurso público de ascenso a la categoría de juez de primera instancia y haber cursado el programa de formación inicial en la Escuela de Estudios Judiciales.
En este sentido, se estima que se “abre la posibilidad de que quien no fuere reelecto como magistrado pueda ingresar automáticamente a la categoría de juez de primera instancia y ocupe las vacantes que por derecho corresponden a quienes ya forman parte de la carrera judicial y solicitan un traslado o ascenso”, señalan en el pronunciamiento.
AGJI agrega que los ingresos, promociones y ascensos de los jueces, “son materia de la Ley de Carrera Judicial (artículo 209 de la Constitución) y no por un reglamento, por lo que este resulta nulo ipso jure (de pleno derecho)”.
Finalmente, indican que con la reglamentación objetada de inconstitucionalidad se destruye la reducida carrera judicial vigente en Guatemala.
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