CSJ excluye requisito de no tener filiación política a los candidatos a magistrados de la Corte de Constitucionalidad. Foto: OJ

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

Por medio de una publicación en el Diario Oficial, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aclaró que entre los requisitos solicitados a los postulantes que desean participar en el proceso de elección para magistrado titular y suplente ante la Corte de Constitucionalidad (CC), para el periodo 2021-2026, se excluye el requisito de presentar la constancia de no estar afiliado a un partido político emitida por el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“Por decisión de la Corte Suprema de Justicia queda excluido de los documentos necesarios el numeral 11, el cual indica lo siguiente: Constancia de no estar afiliado a un partido político emitida por el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral”, se lee en la publicación.

Esta decisión podría afectar la imparcialidad en las decisiones que los magistrados electos para el siguiente periodo puedan tomar respecto en futuras resoluciones.

LANZAN CONVOCATORIA

El Organismo Judicial (OJ) publicó el 19 de enero la convocatoria para invitar a profesionales que aspiren ser magistrados titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad para el período 2021-2026, por la CSJ.

La recepción de papelería inició el 25 de enero y finalizará el 8 de febrero, los postulantes deberán cumplir una serie de requisitos para ser incluidos en el listado final.

Según se indica en el documento, para el proceso de selección y designación de magistrados titular y suplente de la CC, la CSJ adopta los valores y principios establecidos en las Normas de Comportamiento Ético del Organismo Judicial y señala que “aunque el proceso de selección para la CC no está regulado, estima oportuno que dichos principios sean aplicados al proceso para la designación que corresponde a esta Corte”.

CANG convoca a candidatos para magistrados titular y suplente ante la CC

CSJ JUSTIFICA EXCLUSIÓN DE REQUISITO

Al consultarle al Departamento de Comunicación de la CSJ sobre por qué decidió eliminar la filiación política de los requisitos para la elección de magistrados a la CC, respondió: «La Constitución Política de la República de Guatemala, en sus artículos 207 y 270 establece los requisitos para ser Magistrado y Magistrado de la Corte de Constitucionalidad. Con base en lo anterior, se excluyó el numeral 11 de la convocatoria respectiva».

 

*Nota modificada a las 13:54 horas para agregar la respuesta de la CSJ sobre por qué decisión excluir ese requisito.

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