Artistas de circo durante la pandemia han requerido apoyo por las dificultades que enfrentan. Foto la hora: Moises Castillo/ap.

Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt

Por medio del Acuerdo Ministerial 901-2020, el Ministerio de Cultura y Deportes destinó Q15 millones para ayudar a los artistas que han resultado afectados por la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, al haberse quedado sin una fuente de ingresos derivado de las restricciones implementadas por el Gobierno para evitar un brote mayor del nuevo coronavirus.

Estos fondos serán distribuidos entre 5 mil artistas guatemaltecos por medio del programa “Apoyarte”, que estará a cargo del viceministerio de la cartera de Cultura. Dichos fondos se distribuirán por medio de un aporte único de Q3 mil para cada artista o dúo, explicó el Departamento de Comunicación Social de esta cartera a La Hora.

En el caso de agrupaciones musicales y orquestas, podrán optar a un pago único de Q20 mil, el cual deberá ser repartido entre sus integrantes.

Este acuerdo contempla también la promoción de los artistas por medio de los canales de gobierno para que puedan darse a conocer y, además, tomar un nuevo impulso en sus carreras.

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“Como parte del fomento a la cultura y las artes, el Ministerio de Cultura y Deportes invitará al sector artístico a nivel nacional, a proyectarse en sus distintas disciplinas a través de los canales oficiales de comunicación”, explica el comunicado.

Por medio de este aporte, el Ministerio de Cultura busca también apoyar al artista nacional, promoviendo su formación y superación profesional y económica.

Los artistas que apliquen a la ayuda del programa “Apoyarte”, deberán cumplir con ciertos requisitos por la transparencia y rendición de cuentas, indicaron.

Algunos artistas ya se han acercado al programa Apoyarte. Foto La Hora/Cultura y Deportes.

Requisitos

1. Copia legible del Documento Personal de Identificación (DPI).
2. Declaración Jurada en la cual el Artista manifieste su calidad como tal y que su caso no se
encuentre comprendido dentro del artículo 7 de este Acuerdo.
3. Cuenta Bancaria de cualquier banco del sistema nacional registrado en Tesorería del Ministerio de Finanzas Públicas, la cual deberá llevar constancia de inventario de Cuentas Activas.
4. Recibo con timbres fiscales adheridos, por un valor del 3% del valor recibido.
5. Portafolio de Vida Artístico.

Además, de los requisitos que se describen en el documento, los artistas deberán subscribirse al convenio respectivo.

Entre las prohibiciones que estable el Acuerdo Ministerial 901-2020, no podrán recibir este estimulo, los artistas que se encuentran en relación de dependencia o contratados por servicios técnicos y/o profesionales con la administración pública o con la iniciativa privada.

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