La CC ordenó que se aplace al Consejo Superior Universitario (CSU) para que convoque a elecciones, bajo apercibimiento. Diseño La Hora: Daniel López
La CC ordenó que se aplace al Consejo Superior Universitario (CSU) para que convoque a elecciones, bajo apercibimiento. Diseño La Hora: Daniel López

Una nueva resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) busca enmendar los retrasos en las elecciones dentro de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), ya que, ordena a la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo a que dé un plazo de tiempo prudencial al Consejo Superior Universitario (CSU) para que convoque a la renovación de sus integrantes que vencieron el plazo por el que fueron designados, bajo apercibimiento ante una posible desobediencia.

A 37 de los 41 integrantes que conforman el CSU, la máxima autoridad universitaria, se les venció el plazo para el que fueron electos, por lo cual, un grupo de consejeros opositores al rector Walter Mazariegos, liderados por el decano de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, Rodolfo Chang Shum, buscan que se renueve el Consejo, ante la negativa para convocar a elecciones.

Tanto la alta Corte como la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo han emplazado al CSU para que convoque a elecciones, pero la Usac ha asegurado que derivado de la toma de las instalaciones universitarias en 2022 se perdió documentación, incluyendo los padrones electorales.

Debido a la negativa, los consejeros opositores presentaron un ocurso de queja en contra de la Sala Primera de lo Contencioso Administrativo, con el objetivo de que se ordene el apercibimiento de los miembros del CSU ante una posible desobediencia a las resoluciones con las que se ha ordenado la renovación del Consejo.

De esta cuenta, el pasado 15 de diciembre, la máxima corte resolvió la acción, con lo cual ordenó a la referida corte para que dentro de un plazo de 48 horas requiera al CSU un informe sobre las acciones asumidas para dar cumplimiento a la resolución, con la que emplazó al Consejo para que convoque a elecciones.

También, resaltó que en caso se determine que no ha dado cumplimiento a la convocatoria a elección de todos los miembros del CSU cuyos periodos vencieron se fije un plazo prudencial a la autoridad denunciada para que realice la convocatoria, a efecto de que el proceso se lleve de forma inmediata.

“Ello, bajo aparecimiento de que caso de incumplimiento, procederá a emitir pronunciamiento debidamente fundamentado en el que decrete el encausamiento de los responsables, sin perjuicio de ordenar que se asuma todas las medidas necesarias para lograr la completa ejecución de lo resuelto”, resolvió el Tribunal Constitucional.

CC rechaza acción a Walter Mazariegos con la que buscaba frenar elección en Facultad de Derecho

ESTO PASÓ

En la resolución, la CC resaltó que los consejeros Rodolfo Chang Shum, Roberto Agustín Cáceres Staackman, Marco Vinicio de la Rosa Montepeque, Ana Verónica Carrera Vela, Osmin de Jesús Pineda Melga, Edgar Parada Villalta, Wider Santos, accionaron contra el CSU por el vencimiento del plazo por el que fueron electos 37 consejeros, por lo cual, la Sala Primera resolvió el 18 de septiembre de 2024, para que de forma urgente y dentro de cinco días convocara a las elecciones referidas.

Derivado de la resolución, la USAC presentó una apelación, la cual fue rechazada por la alta Corte, mientras que los consejeros solicitaron una asistencia para la debida ejecutoria del amparo de septiembre de 2024, por lo que, la judicatura ordenó al CSU a que se renovaran sus integrantes.

Nuevamente, la universidad pública buscó retrasar el proceso de elecciones con una ampliación, la cual fue denegada por la judicatura.

De esta cuenta, los consejeros opositores señalaron que el 23 de marzo el fallo quedó firme, pero no se había cumplido con la sentencia, por lo que requirió se asuman las medidas necesarias para que se cumpliera con lo ordenado. Derivado de ello, la Sala pidió informe al CSU.

En el escrito, la USAC sostuvo que durante la toma de las instalaciones universitarias en 2022, hubo disturbios y daños a las instalaciones, que incluyó el hurto y sustracción de bienes, que limitó el normal funcionamiento de la universidad.

También, sostuvo que hubo sustracción de expedientes físicos estudiantiles y de personal académico y administrativo, a la vez, que aseguró que con el abandono de las instalaciones universitarias se evidenció graves daños en la infraestructura física, logística y cronológica e impacto biológico ambiental que involucró riesgo sanitario.

“Asimismo, se dio un impacto y riesgo derivado del hurto de discos duros que contenían información que es sensible, pues representan una gran cantidad de registros digitales y códigos fuente de los sistemas informáticos que el Departamento de Registro y Estadística emplea para brindar los servicios a la comunidad universitaria, que se estima existe información de por los menos de los últimos 30 años”, indicó.

El CSU sostuvo que se convocó a la elección de la dirección de los Centros Universitarios de El Progreso, San Marcos, Zacapa y Jalapa; del consejero estudiantil, aunque no se menciona la Facultad; de representante docente de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, y de la Facultad de Arquitectura; de decano de la Facultad de Derecho; y se exhortó al Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) y al Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala a convocar a la designación de sus delegados ante el Consejo.

CSU-USAC: Sala ordena convocar a elección de consejeros que vencieron plazo en 24 horas

De tal cuenta, el CSU sostuvo que se habilitó la convocatoria de “por lo menos” el 25% de los miembros del Consejo que vencieron el periodo para el que fueron electos.

ESTO SEÑALARON

Derivado de lo anterior, la Sala Primera resolvió que no se debía certificar lo conducente contra el CSU, sino que debía continuar con las gestiones para materializar la sentencia para la renovación del Consejo, por lo que, los consejeros actuaron ante la alta Corte.

En el escrito, sostienen que la orden de la Sala indicaba que se dio un plazo de cinco días para convocar a la elección de la totalidad de los consejeros que vencieron su plazo.

“De tal suerte, estima que ante el incumplimiento de ese mandato, y siendo que la ley en la materia se precisan las consecuencias de desobedecer una sentencia dictada en el contexto de la garantía constitucional aludida, es menester determinar la responsabilidad correspondiente a la autoridad obligada ordenando la certificación de lo conducente a donde corresponda”, indicaron.

Por ello, afirman que el CSU tomó una “actitud contumaz y de burla”, ya que no se ha conocido la sentencia que quedó firme en marzo pasado, a pesar de que seis consejeros solicitaron por escrito que se tocara el tema, pero no se les dio respuesta.

Por lo anterior, también requirieron el encauzamiento de los integrantes del CSU, lo cual sostienen que debió ordenar la referida Sala.

De esta cuenta, la CC resaltó que ha transcurrido el plazo razonable para que cualquiera de las dificultades técnicas que fueron argumentadas por el CSU hayan sido superadas.

“Este Tribunal estima que las acciones tendentes al cumplimiento de la sentencia no han sido suficientes para lograr que los efectos positivos del otorgamiento del amparo se hayan alcanzado de manera plena, lo cual denota la existencia de una situación fáctica que no puede ser tolerada por la jurisdicción constitucional, ni por esta Corte, como garante de la defensa del orden constitucional, pues, por una parte, equivaldría a consentir una ejecución parcial frente a órdenes legítimas (dictadas en el contexto de un mecanismo de control constitucional) y, por la otra, ello resta seguridad y certeza jurídica a los efectos vinculantes de los fallos dictados en el contexto del amparo subyacente a este correctivo”, indicó.

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