Salario mínimo 2026 en manos del presidente tras falta de consenso en junta Comisión del Salario.
Salario mínimo 2026 en manos del presidente tras falta de consenso en junta Comisión del Salario. Foto La Hora: Roberto Altán

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) dio a conocer que tras un proceso de conversaciones entre el sector trabajador y privado en la Comisión Nacional del Salario no se llegó a un consenso para determinar el monto correspondiente al salario mínimo para 2026.

De acuerdo con un comunicado de la cartera de Trabajo, la decisión para determinar el monto quedará en manos nuevamente del presidente Bernardo Arévalo el ajuste para el monto.

Con anterioridad, el presidente expresó que estos consensos se han realizado en apego al Código del Trabajo y los procesos establecidos, sin embargo, ha llegado a un punto que no tiene resolución.

«Es la etapa de este trabajo en las comisiones paritarias y el gobierno de la república no ha fijado ninguna posición», reiteró durante una conferencia de prensa el pasado 11 de septiembre.

De acuerdo a lo estipulado, la decisión para la fijación de salarios mínimos queda a la espera hasta días previos a dar cierre al mes de diciembre, siendo que el 1 de enero del 2026 entra en vigor el nuevo monto a establecer.

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Ante ello, la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), explicó que de haber una propuesta de un incremento desmedido al salario mínimo, podría comprometer el futuro de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como la competitividad del país.

La CIG hizo un llamado para atender la informalidad, la cual es del 70% en el país.

Al respecto, la CIG explicó que los incrementos al salario mínimo no benefician directamente a quienes se encuentran en la informalidad.

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SALARIO MÍNIMO 2025

El 22 de diciembre de 2024 el presidente Bernardo Arévalo anunció un incremento salarial del 6 y 10% para los salarios mínimo del 2025, en las circunscripciones C1 y C2.

El salario diario para la circunscripción 1 (ciudad capital) el aumento quedó de la siguiente forma:

  • Q118.14 para actividades agrícolas – salario vigente Q3 mil 843.55
  • Q122.40 para las actividades no agrícolas – salario vigente Q3 mil 973.05
  • Q107.79 para la actividad exportadora y de maquila – salario vigente Q3 mil 528.59

Mientras que el salario para la circunscripción 2 (resto del país) quedó fijado así:

  • Q112.99 para actividades agrícolas – salario vigente Q3 mil 686.86
  • Q116.73 para las actividades no agrícolas – salario vigente Q3 mil 800.60
  • Q101.83 para la actividad exportadora y de maquila – Q3 mil 347.21
Kenneth Jordan
Periodista y fotógrafo apasionado por lo intrigante del mundo, buscando los detalles únicos con una mirada de curiosidad y asombro constante.
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