
El diputado y exviceministro de Gobernación de Vamos, Ronald Portillo, promueve simplificar los trámites de inscripción de iglesias y asociaciones sin fines de lucro, por medio de la una iniciativa de ley con ese nombre.
La propuesta de ley recibió el registro 6606 en el Congreso de la República, fue planteada el mismo día que la bancada que conforma logró que se aprobara de urgencia la ley que declara el primer sábado de agosto como el día de la Biblia.
En dicho proyecto se propone establecer un procedimiento simplificado, «eficiente y eficaz», gratis y que garantice para reconocer la personalidad jurídica de las asociaciones civiles sin fines de lucro y entidades religiosas en el Ministerio de Gobernación.
Además, se fija que en 15 días hábiles máximo para se realice el trámite, como también tendrá autonomía interna, donde pueda determinar sus reglas, doctrina y autoridades.
Allan Rodríguez de VAMOS impulsa iniciativa por «día de la Biblia» y responde a criticas
FIJAN PLAZOS PARA AUTORIZAR ASOCIACIONES
Otro de los aspectos que contempla la iniciativa de ley ordenar los plazos para que la Dirección Jurídica de Asuntos Jurídicos de la cartera de Seguridad reconozca la personalidad de las organizaciones.
Ahora para la inscripción de iglesias será con ocho firmas de personas mayores de edad, y para asociaciones cinco firmas.
El trámite de inscripción será en 15 días como máximo, pues los tres días hábiles se entrega la constancia de novedad, la revisión jurídica deberá ser en cinco días, y para la emisión de acuerdo ministerial será en tres días.
Además, el diputado busca simplificar el proceso para cambiar las bases constitutivas o estatutos, cuyo plazo será conforme el artículo 6 de la propuesta de ley.
«El Ministerio de Gobernación remitirá electrónicamente el expediente al Registro de las Personas Jurídicas (Repeju) y a la SAT en 24 horas», resalta el artículo 9 de la iniciativa.
Luego el Repeju registrará a la entidad y al representante legal en un solo acto dentro de cinco días hábiles, mientras que la SAT en 10 días inscribirá a la persona jurídica con el Número de Identificación Tributaria de acuerdo al régimen fiscal que corresponda, se resalta que no se pedirán requerimientos adicionales y se indica que las entidades religiosas reportarán su movimiento financiero una sola vez al año, en los primeros seis meses del año.
Otro de los aspectos que se consideran en la iniciativa de ley es la «protección financiera» como la exención tributaria para donaciones, diezmos y ofrendas vinculadas al fin religioso o social, como el reporte contable anual simplificado a la SAT, sin multas por primer incumplimiento.
Aunque no ocurre, el diputado también incluye la objeción de conciencia, donde las entidades tendrán derecho de rechazar disposiciones estatales que contradigan «principios religiosos o asociativos».
En caso de atrasos para el trámite, se impondría una sanción administrativa y penal para los funcionarios que pidan requisitos no previstos en la iniciativa de ley o retrasen «maliciosamente» en grave incumplimiento de deberes.
También llama la atención que ahora se proponga la creación de una plataforma digital única para poder consultar el estado del trámite de las entidades.
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