El diputado de la bancada Victoria, Juan Carlos Rivera, presentó la iniciativa de ley «reguladora de las manifestaciones públicas» con la que pretende prevenir los bloqueos que afecten o limiten otros derechos que reconoce la Constitución.
Aunque en el proyecto de ley mantiene el derecho de manifestar, cuya manifestación debe cumplir con los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, no discriminación y respeto al derecho de terceros.
Para las manifestaciones se debe observar como el derecho de reunión y manifestación pacífica, el ejercicio de libertad de expresión. Las manifestaciones deben ser pacíficas y no se permite algún tipo de arma o elemento que provoque lesiones o daños a personas y bienes de propiedad pública o privada.
Se prohíbe que las manifestaciones dañen los bienes inmuebles públicos o privados, fachadas o cualquier elemento del mismo, en especial si son patrimonios nacionales, y no se puede limitar la libre locomoción de peatones, ni de vehículos de cualquier tipo y garantizar los derechos a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad.
«En caso de manifestaciones en calles, avenidas o carreteras que cuenten con una vía de ida y una de regreso, la manifestación únicamente se podrá realizar a la orilla de la vía, quedando prohibido obstaculizar una o ambas vías. Las manifestaciones únicamente se podrá realizar utilizando una de las vías de ida o de regreso, quedando prohibido utilizar todas las vías de ida o de regreso con el fin de limitar el derecho de locomoción de vehículos de cualquier tipo», expresa parte del artículo 2.
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USO DE FUERZAS DE SEGURIDAD EN BLOQUEOS
También en la propuesta de ley se establece el uso de la Policía Nacional Civil (PNC) para mantener el orden pública, cuando las manifestaciones no sean pacíficas o haya indicios claros de amenaza inminente de violencia grave que no se pueda abordar razonable con medidas más proporcionadas.
En caso de que las manifestaciones causen perturbación, cuando se bloquee el tráfico en contra de lo dispuesto a lo mencionado en el artículo 2 de la presente iniciativa, o la perturbación sea grave o sostenida.
Además, se involucra a la Procuraduría de los Derechos Humanos para que garanticen los derechos, no solo de los manifestantes, sino de los habitantes. Mientras que la Procuraduría General de la Nación debe garantizar la restitución del monto de los daños que causen a bienes inmuebles e infraestructura del Estado.
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