Diputados de la bancada oficial presentar reformas para regular las negociaciones de los pactos colectivos. Foto: Congreso de la República
Diputados de la bancada oficial presentar reformas para regular las negociaciones de los pactos colectivos. Foto: Congreso de la República

La bancada minoritaria del oficialismo promueve una reforma a la Ley de Acceso a la Información Pública  (LIAP), que se centra que las negociaciones de pactos colectivos, sueldos o contratos se declaren bajo reserva o de confidencialidad.

La propuesta de ley toma relevancia en estos meses, donde el Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG) busca mantener en secreto la negociación del pacto colectivo y ha llegado hasta los bloqueos de carreteras y plantones frente al Palacio Nacional de la Cultura.

El proyecto de ley de nueve diputados de Semilla se centra en agregar el artículo 22 bis de la LIAP.

Inaplicabilidad de la reserva y la confidencialidad: en ningún caso pueden calificarse como informaciones confidenciales o reservadas.

Pactos o proyectos de pactos colectivos individuales o colectivos de condiciones de trabajo en el sector público, una vez hayan sido entregados o notificados a la parte patronal correspondiente, indistintamente del estado de la negociación.

Salarios, emolumentos o cualesquiera otras remuneraciones ordinarias o extraordinarias que devenguen o perciban empleados y funcionarios de las entidades del Estado, sin excepción.

Cualquier petición, contrato, instrumento o documento formalizado, de cualquier naturaleza, que contenga derechos, prerrogativas, ventajas o pretensiones laborales que obliguen o busquen obligar a la administración pública en materia de trabajo.

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CAMBIO AL CÓDIGO PENAL

También en la iniciativa de ley, que respaldan nueve diputados oficialistas, también buscan incluir el artículo 214 bis en el Código Penal, quedando de la siguiente forma:

«Coacción sindical. Quien de cualquier forma coaccione u obligue a un trabajador a afiliarse o desafiliarse de una organización sindical determinada, o bajo amenaza de represalias o exacciones lo intimide para ejecutar acciones sindicales, en contra de su voluntad o libre determinación, será sancionado con prisión de seis meses a un año e inhabilitación absoluta de uno a tres años.

Los legisladores agregan que de aprobarse los cambios, los sujetos obligados en la LAIP deberán actualizar sus reglamentos, protocolos y procedimientos internos dentro de los 60 días de la entrada en vigencia esas reformas.

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Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
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