Los diputados aprobaron dos leyes este 18 de febrero, que contemplan reformas al Código Penal. Foto La Hora: Congreso de la República
Los diputados aprobaron dos leyes este 18 de febrero, que contemplan reformas al Código Penal. Foto La Hora: Congreso de la República

Después de atrasos en la plenaria, este 18 de febrero los diputados aprobaron dos decretos, uno que incluye dos artículos al Código Penal, como también se imponen multas en la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario, para evitar la trata de niñas, niños y adolescentes en las cárceles.

La modificación al Código Penal, restituye los delitos migratorios en el artículo 327 b, y se adiciona el inciso g relacionado con clonación de tarjetas de crédito o débito.

Además, se incluye el inciso f, en ese mismo artículo, y aumenta en dos terceras partes cuando el responsable sea director, gerente ejecutivo, representante legal, administrador, funcionario, propietario o persona de confianza del emisor, operador o afiliado.

DIPUTADOS: PENA Y MULTA POR TRATA DE NIÑEZ 

Mientras que el decreto 3-2025, que es la Ley para Prevenir y sancionar la trata de niñas, niños y adolescentes en el Sistema Penitenciario, que reforma la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario y el Código Penal.

En cuanto a las modificaciones al Código Penal, los diputados establecen el delito por ingreso ilegal de niños, niñas y adolescentes en centros de detención, y contempla una pena entre ocho a 18 años de prisión y multa de Q100 mil a Q500 mil.

A la vez, el Ministerio de Gobernación deberá reformar 15 días después de que cobre vigencia dicha normativa el reglamento de la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario para actualizar las disposiciones de la ley.

También el Ministerio de Finanzas Públicas tiene que realizar las modificaciones presupuestarias para que en el inicio del periodo fiscal correspondiente se asigne los recursos necesarios para implementar el sistema de registro y control de niñas, niños y adolescentes en las cárceles.

En cuanto a la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario se debe habilitar el Sistema Biométrico y Uso de Cámaras de Vigilancia, para el registro de ingresos y salidas de la niñez que visiten a familiares en las prisiones, donde también tendrá participación el Registo Nacional de las Personas (Renap) y la Procuraduría General de la Nación (PGN).

«Los funcionarios y servidores públicos a cargo del sistema deberán presentar la constancia del Registro Nacional de Agresores Sexuales», se agrega en dicho articulado.

También se modifica el artículo 21 de la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario y quedó así donde la visita íntima y visita general, las personas reclusas tienen derecho a recibir vistia íntima de su cónyuge, conviviente o pareja y visita general de su familia o amigos. Las autoridades de los centros, velarán porque las visitas se realicen en locales especiales, aduecados y dignos para las mismas.

En cuanto a las visitas íntimas, el o la cónyuge, conviviente o pareja debe de comprobar su mayoría de edad. Y las visitas de niños, niñas o adolescentes deberán realizarse únicamente cuando el parentesco haya sido comprobado.

Jimmy Morales niega señalamientos, recurre a chismes y deja más dudas que respuestas

Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
Artículo anteriorAutoridades logran la recuperación del Parque Nacional Laguna Lachuá tras intentos de usurpación
Artículo siguientePara finales de marzo: CIV ofrece finalizar los trabajos en el kilómetro 44 Palín-Escuintla