El diputado Raúl Barrera se reunió con la comisión legislativa Del Menor y la Familia para anunciar la presentación de reformas al Código Penal. Foto: Fabricio Alonzo
El diputado Raúl Barrera se reunió con la comisión legislativa Del Menor y la Familia para anunciar la presentación de reformas al Código Penal. Foto: Fabricio Alonzo

Organizaciones sociales, representantes de instituciones de justicia y de atención a mujeres promueven reformas al Código Penal, con las cuales se busca aumentar la edad para considerar una violación y agresión sexual en menores de edad.

Actualmente, los artículos 173 y 173 BIS de dicho cuerpo legal establecen que se cometen esos delitos cuando la víctima sea una persona menor de 14 años, o cuando esta tiene incapacidad volitiva o cognitiva, aun cuando no medie violencia física o psicológica.

El diputado Raúl Barrera organiza mesas técnicas para discutir una iniciativa de ley que se presentará a la comisión legislativa del Menor y la Familia, y tiene la idea de aumentar el rango de edad de la víctima, para que sea hasta los 18 años que se considere este ilícito, con exención de responsabilidad a partir de los 16 años, cuando los dos sean menores.

En el Código Penal, modificado por la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, se considera violación, al hecho cometido por una persona que con violencia física o psicológica, tenga acceso carnal vía vaginal, anal o bucal con otra persona, o le introduzca cualquier parte del cuerpo u objetos, por cualquiera de las vías señaladas, u obligue a otra persona a introducírselos a sí misma.

Por esa acción ilícita, se estableció una condena de prisión que va de ocho a 12 años, en el caso de que el acusado sea declarado culpable.

Y se considera agresión sexual al hecho en el cual se actúe con violencia física o psicológica, y en el que se realicen actos con fines sexuales o eróticos a otra persona, al agresor o a sí misma, siempre que constituya delito de violación, será sancionado con prisión de cinco a ocho años.

En ambos delitos, la pena se impondrá sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder por la comisión de otros hechos ilícitos.

JUSTIFICA CAMBIOS

El congresista argumenta que la modificación se debe a que en el último año y medio se registraron 476 alumbramientos, algunos múltiples, en los cuales el engendrador o padre tiene el doble o más de la edad que la madre, es decir hombres de 34 años o más, y que las progenitoras son niñas o adolescentes.

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«Hay casos verdaderamente dramáticos, niña de 14, hombre de 75; niña de 16, hombre de 70. Los casos más graves no incluyen donde un hombre de 25 embarazó a una niña de 16, lo que sigue siendo violencia sexual, y por esta razón estamos aquí, fundamentalmente», resaltó Barreda.

La mesa en la cual se discuten los cambios tiene previsto reunirse el 23 de julio próximo, para definir la propuesta final.

Joel Maldonado
Reportero de política y economía. Además de informar, es necesario educar, por eso me gusta contar historias con hechos y pruebas.
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