Este lunes 10 de enero de 2022 comienzan a regir las nuevas disposiciones para viajeros contempladas en la undécima actualización del lineamiento nacional para viajeros internacionales hacia Guatemala. Las regulaciones fueron coordinadas desde finales de diciembre del año pasado en el marco de la propagación de la variante ómicron.
TODO TIPO DE VIAJERO DEBERÁ UTILIZAR LA MASCARILLA
El punto en común para todos los viajeros, sean nacionales o extranjeros, es el uso obligatorio de la mascarilla. Según el lineamiento, todas las personas mayores de 2 años estarán obligadas a cumplir esta disposición, salvo que exista una contraindicación médica.
DISPOSICIONES PARA CONNACIONALES Y DIPLOMÁTICOS
Los pasajeros guatemaltecos, residentes o diplomáticos acreditados en el país deberán cumplir con al menos uno de los dos requisitos previo al abordaje del avión:
La primera opción es presentar un comprobante de prueba negativa, sea antígeno o PCR, en un laboratorio certificado por el respectivo país, cuyo resultado no sea mayor a los 3 días previos al punto de chequeo de la aerolínea.
Los tres días se cuentan desde la fecha de realización de la prueba hasta la fecha y hora del chequeo en la aerolínea. La disposición aplica para personas mayores a los 10 años de edad.
La segunda opción consiste en presentar el carné o constancia de vacunación contra el COVID-19 con el esquema completo, siempre y cuando la última dosis (o la única de tratarse de Janssen) tenga un mínimo de administración de 2 semanas antes de iniciar el viaje. Lo anterior aplica únicamente para personas mayores de 12 años.
Recuerda cumplir con estos requisitos para los pasajeros que ingresan al país, vía aérea, a partir del 10 de Enero del 2022.#ViajaSeguro pic.twitter.com/KiQ5ujujgf
— DGAC Guatemala (@guatemala_dgac) December 30, 2021
Quienes no posean ninguno de los dos requisitos anteriormente descritos deberán realizar una prueba para la detección del SARS-CoV-2 en el laboratorio de la terminal del aeropuerto autorizado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS).
Si el paciente es determinado como positivo, las autoridades sanitarias procederán a su evaluación, instalación en aislamiento e identificación; además se reportará a la Unidad de Vigilancia del Aeropuerto.
EXCEPCIONES PARA CONNACIONALES
Las disposiciones anteriores también serán aplicadas en viajeros guatemaltecos o residentes que ingresen por la vía terrestre, exonerando de estos requisitos únicamente a:
– Connacionales y residentes que demuestren viajar por situaciones de emergencia;
– Guatemaltecos y residentes no admitidos en otros países;
– Diplomáticos acreditados en el país;
– Viajeros frecuentes
DISPOSICIONES PARA VIAJEROS EXTRANJEROS
Contrario al caso de los connacionales y diplomáticos acreditados, los pasajeros provenientes de otros países deberán presentar la constancia de vacunación consignando la aplicación del esquema completo de inmunización y otra de prueba negativa.
Según la normativa, la última dosis del esquema, en personas mayores de 12 años, debe ser administrada 2 semanas antes al arribo a Guatemala.
Además, el viajero deberá adjuntar una constancia de prueba negativa (antígeno o PCR) en el laboratorio certificado en su país. La prueba deberá ser en el marco de los 3 días anteriores al vuelo, siendo el primer día el de la fecha de la realización de la prueba y el tercero el día en que se realice el chequeo en la aerolínea.
Los mismos requisitos aplicarán para viajeros internacionales que deseen ingresar al territorio guatemalteco.
DISPOSICIONES PARA INGRESOS MARÍTIMOS
Para el arribo de buques la autoridad marítima local se solicitará al agente naviero la Declaración Marítima de Sanidad, la cual será entregada con 48 horas de anticipación para su análisis. También se solicitará al capitán del buque con antelación su protocolo de medidas de prevención y un informe sobre las afecciones de los tripulantes en los últimos quince días previo a la visita.
Cuando el buque o embarcación esté atracado se realizará una inspección sanitaria con el personal técnico de la unidad de vigilancia epidemiológica local.