Foto ilustrativa. Los requerimientos para poder viajar a Estados Unidos entraron en vigencia a partir de este lunes 8 de noviembre. Foto La Hora/DGAC

Recientemente la administración Biden-Harris actualizó la política de requerimientos de vacunas para viajar hacia Estados Unidos y que entraron en vigencia a partir de este lunes 8 de noviembre, por lo que es necesario seguir los lineamientos ofrecidos por las autoridades, entre los que destaca la necesidad de adjuntar una prueba negativa a Covid-19 y la constancia de inmunización.

En conferencia de prensa telefónica con medios de la región, desde la Secretaría para Asuntos Consulares del Departamento de Estado y los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC, por sus siglas en inglés) resumieron los principales puntos para ingresar a ese país.

¿QUÉ VACUNAS SON LAS ACEPTADAS?

En principio, el Departamento de Estado y los CDC indicaron que solo los viajeros extranjeros que posean la vacunación completa contra el COVID-19 podrán ingresar a EE.UU., y que, el esquema deberá ser completado con alguna de las tres vacunas aprobadas por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA):

– Pfizer/BioNTech (2 dosis)
– Moderna (2 dosis)
– Janssen (1 dosis)

O bien, las vacunas incluidas en la lista de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS):

– AstraZeneca
– Covaxin
– Covishield
– BIBP/Sinopharm
– Sinovac

Los CDC y el gobierno estadounidense consideran como personas completamente vacunadas a quienes:

a. Hayan cumplido 14 días luego de la dosis de una aplicación aprobada.
b. Hayan cumplido 14 días desde la segunda dosis aplicada.
c. Hayan cumplido 14 días después de recibir la serie completa de una vacuna COVID-19 aceptada (no placebo) en un ensayo clínico.
d. Hayan cumplido 14 días después de recibir la serie completa de una vacuna COVID-19 de Novavax (o Covavax) (no placebo) en un ensayo clínico de fase 3.
e. Hayan cumplido 14 días después de recibir 2 dosis de cualquier combinación de vacunas COVID-19 aceptadas administradas con al menos 17 días de diferencia.

¿QUÉ PASARÁ CON QUIENES SE VACUNARON CON SPUTNIK V?

En la conferencia se preguntó qué procedería para las personas que obtuvieron la inmunización completa con la vacuna rusa. El director de la división de Migración Global y Cuarentena de los CDC, Dr. Marty Cetron, indicó que, como se ha detallado, solo serán permitidas las inmunizaciones con vacunas aprobadas por la FDA o en la lista de emergencia de la OMS.

No obstante, la vacuna del kremlin no posee ninguno de estos avales.

“Sputnik V aún no tiene la autorización de la OMS, por tanto, no cumple con los requerimientos de la política de los CDC. Conforme pase el tiempo continuaremos analizando los datos de la inmunización, pero, en este momento, no cumple con los requerimientos”, explicó Cetron.

Del mismo modo, la política podría actualizarse si la OMS incluye a la vacuna Sputnik V en su lista de uso de emergencia. Mariângela Simão, directora general adjunta de la organización informó en la última semana de octubre que aún continúa el proceso de autorización de emergencia de la dosis rusa.

 

Simão puntualizó que la vacuna aún no ha sido agregada en el listado porque no ha cumplido con los protocolos necesarios. En primera instancia mencionó que las fabricantes deben enviar a la OMS una solicitud de evaluación con ciertos datos requeridos, para luego realizar el peritaje y determinar si la vacuna será aprobada o no.

“La rapidez en la que las vacunas son enlistadas en la lista de uso de emergencia depende de que tan rápido las fabricantes remitan los datos. En algunos casos necesitamos realizar inspecciones en las fabricantes; si la inspección fue reciente no tenemos que hacerla otra vez”, dijo la directora general adjunta para el Acceso a Medicamentos, Vacunas y Productos Farmacéuticos.

La doctora contó que los datos fueron remitidos a la OMS; sin embargo, aún no se contaba con la documentación completa. Entre los datos pendientes mencionó la firma de la aceptación de términos y condiciones de la OMS para continuar con la evaluación.

 

ESTO ES LO QUE DEBE LLEVAR SU CONSTANCIA DE VACUNACIÓN

Además de contar con la vacunación completa, se deberá entregar una constancia de vacunación, la cual puede ser presentada en tres formatos:

a. Registro digital o en papel: este puede ser un certificado de vacunación con código QR o pase digital en alguna aplicación móvil.

b. Registros en papel no verificables: estos incluyen impresiones de la constancia de vacunación COVID-19 o un certificado emitido a nivel nacional, un substancial o proveedor autorizado como los CDC.

En Guatemala los ciudadanos pueden reimprimir su constancia de vacunación desde el portal www.vacuna.gob.gt.

c. Registros digitales no verificables: incluyen fotos digitales de la tarjeta o registro de vacunación, registro de vacunas descargado o certificado de vacunación de fuente oficial (por ejemplo, agencia de salud pública, agencia gubernamental u otro proveedor autorizado de vacunas), o una aplicación de teléfono móvil sin código QR1.

Cualquiera de los comprobantes de vacunación debe incluir identificación personal, es decir el nombre completo de la persona y por lo menos otro indicador como la fecha de nacimiento o número de pasaporte que coincida con los documentos de cada pasajero.

Asimismo, el comprobante deberá señalar la fuente oficial que emite el registro en Guatemala el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) o el Gobierno de Guatemala; la fabricante de vacuna y fecha de vacunación.

DEBERÁ ADJUNTARSE UNA PRUEBA NEGATIVA DE COVID-19

Otro requisito indispensable para viajar, según señalaron los representantes estadounidenses, es la prueba negativa de coronavirus. Esta prueba, según especificó los CDC deberá ser realizada durante los tres días previos a viajar hacia Estados Unidos.

La prueba Covid-19 es obligatoria para poder viajar.  Foto: La Hora/AP

Las pruebas negativas autorizadas son la de amplificación de ácidos nucleicos (NAAT, por sus siglas en inglés), conocida en Guatemala como “hisopado” y la prueba de antígeno.

Quienes se hayan recuperado recientemente de COVID-19, pueden viajar con la documentación de la recuperación de la enfermedad, es decir, su resultado positivo de la prueba viral COVID-19 en una muestra tomada no más de 90 días antes de la salida del vuelo de un país extranjero y una carta de un proveedor de atención médica autorizado o un funcionario de salud pública que indica que está autorizado a viajar.

Los bebés menores a los 2 años quedan exentos de la realización de la prueba. Por otro lado, los jóvenes entre los 2 y 17 años que no estén completamente vacunados podrán viajar con familiares a los Estados Unidos con una prueba de COVID-19 negativa, realizada a no más de tres días previo a la salida.

 

EXCEPCIONES AL PROCESO

Entre las excepciones a la vacunación completa como requisito para viajar a Estados Unidos están:

– Personas en viaje diplomático u oficial
– Menores de 18 años
– Personas con contraindicaciones médicas documentadas para recibir una vacuna COVID-19
– Participantes en ciertos ensayos de vacunas COVID-19
– Personas que recibieron una excepción humanitaria o de emergencia
– Personas con visados válidos [excluidos los visados B-1 (negocios) o B-2 (turismo)] que son ciudadanos de un país extranjero con disponibilidad limitada de vacunas COVID-19.

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
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