Este domingo por la noche inició la restricción de movilidad peatonal y vehicular en el país de 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día posterior y durante esas horas fueron detenidas más de 40 personas por infringir la medida que busca mitigar el aumento de casos de Covid-19.
Según el reporte compartido por la unidad de Comunicación Social de la Policía Nacional Civil (PNC), en el primer Toque de Queda fueron detenidas 42 personas. La información reflejó que 40 detenidos fueron hombres y solo 2 mujeres.
En el área metropolitana se registraron 10 de estas capturas.
EXCEPCIONES AL HORARIO DE MOVILIDAD
En las disposiciones presidenciales del decreto 6-2021 se indicaron las excepciones al horario de limitación de movilidad, entre los sectores exentos están:
• Diputados del Congreso de la República en el desarrollo de sus funciones legislativas y de fiscalización y personal del Organismo Legislativo designado para brindar apoyo administrativo y técnico con previa autorización.
• Personal y transporte del sistema de administración de Justicia vinculado a las garantías judiciales indispensables y aquellas que determine la autoridad jurisdiccional.
• El personal y vehículos de los cuerpos de seguridad, del Ejército de Guatemala y de las empresas de seguridad privada y transporte de valores, debidamente identificados, así como de la Coordinadora para la Reducción de Desastres (Conred).
• El personal y los vehículos como ambulancias, de auxilio, de socorro, de cuerpos de bomberos, de hospitales públicos y privados, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Cruz Roja de Guatemala y de entidades privadas prestadoras de servicios de salud debidamente autorizadas e identificadas.
• El personal internacional y los vehículos con placa de circulación o identificación diplomática o de misión internacional, así como los vehículos gestionados por las embajadas y consulados para la repatriación de guatemaltecos al territorio nacional.
• El personal que se conduzca en los vehículos con placas oficiales de Gobierno o debidamente acreditados como funcionarios conforme a las Disposiciones Presidenciales.
Del mismo modo está permitido el traslado urgente de personas por motivos de salud y los trabajadores de salud acreditados; medios de comunicación, transporte de cargas o servicios de asistencia, abogados, personeros y trabajadores del sistema bancario, asegurados, cooperativas y financieras.
Según la normativa, podrán continuar con sus operaciones entre las 22:00 y 4:00 horas los repartidores de alimentos, farmacia y servicios esenciales, siempre y cuando estén plenamente identificados los vehículos en los que se movilizan.