
El presidente Bernardo Arévalo, por medio de una conferencia realizada este domingo 14 de diciembre, decretó Estado de Prevención en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán.
Ante los enfrentamientos registrados en Sololá, el mandatario aseguró que el departamento está «en un momento crítico», por lo que tomó esta decisión para priorizar el bienestar de la población.
¿Por qué existe un conflicto entre Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán?
De acuerdo a Arévalo, los conflictos registrados en los últimos días no solo se deben a la disputa territorial que mantienen ambos municipios, sino también a la intervención de grupos armados delictivos.
Estos grupos, que desean tomar el control del sector para extorsionar y realizar actividades ilegales, atacaron los destacamentos militares «a fuego abierto» en una operación coordinada y organizada.
Los integrantes de estas bandas, con el fin de tomar el control del lugar, realizaron sus ataques uniformados y con armas de alto calibre, evidenciando que fue una operación planeada.
Video: Con uniformes y armas de alto calibre: así operó grupo armado en Sololá
¿POR QUÉ SE DECRETÓ ESTADO DE PREVENCIÓN EN NAHUALÁ Y SANTA CATARINA IXTAHUACÁN?
El presidente Bernardo Arévalo tomó la decisión de decretar Estado de Prevención en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán debido a los enfrentamientos armados que se han registrado desde el sábado 13 de diciembre.
A raíz de estos ataques, que sembraron pánico en el municipio durante varias horas, el Gobierno de Guatemala reportó que cinco personas perdieron la vida.
No obstante, el alcalde de Nahualá, Manuel Tzep, aseguró que el número de fallecidos por estos enfrentamientos armados es 13, por lo que acusó al Gobierno de desinformación oficial.
Nahualá denuncia desinformación oficial sobre fallecidos y exige investigar al Ejército
¿QUÉ ES UN ESTADO DE PREVENCIÓN?
La normativa del Estado de Prevención surge a raíz de una ley aplicable en casos de invasión del territorio nacional, perturbación grave de la paz o actividades que atenten contra la seguridad del Estado.
Según ha quedado establecido en el artículo 8 de la Ley de Orden Público, este estado de Prevención no necesita de la aprobación del Congreso y tendrá una vigencia de 15 días, un periodo en el que el Organismo Ejecutivo, luego de haber sido aprobado en Consejo de Ministros, podrá adoptar múltiples medidas de control, limitación y prevención.







