Algunos magistrados del TSE han sido objeto de criticas por parte de varios sectores de la sociedad. Foto: La Hora

El Tribunal Supremo Electoral (TSE), presidido por el magistrado Ranulfo Rafael Rojas Cetina, señalado de tener un título de posgrado que no cumplió con lo que manda la ley, se niega a dar información sobre las investigaciones que realizan a los partidos políticos, a partir del 2020.

Por medio de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), La Hora requirió al TSE informe de las investigaciones que realiza el Inspector General a las organizaciones políticas, iniciadas en enero de 2020, pero este fue negado bajo la excusa que “contiene datos personales”. En la notificación fueron citados los artículos 30 de la Constitución y 9 de la LAIP

La Unidad de Información Pública del TSE notificó la negativa de la información total, “por tratarse de información confidencial”.


“No es posible proporcionar la información solicitada en base al Artículo 33 de la Constitución Política de la República de Guatemala, así como el Artículo 33 de la Ley de Acceso a la Información Pública, y al Artículo 9, inciso 1 del Decreto 57-2008 del Congreso de la República, por contener datos personales que únicamente pueden ser solicitados por el titular”, dice el oficio firmado por la subinspectora general del TSE, Claudia Marleny Ardón Román.

El documento emitido por la Inspección General del TSE fue parte de la respuesta de la Unidad de Información Pública al requerimiento de La Hora.

“El derecho plasmado en el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, no es absoluto, ya que el principio de publicidad puede oponérsele el del derecho a la intimidad o de la vida privada, que también tiene rango constitucional, preservando en el presente caso, la inviolabilidad de documentos que forma parte de los derechos humanos que protegen la intimidad de la persona, el cual es un derecho personalísimo que permite sustraer a las personas de la publicidad o de otras turbaciones a su vida privada, como el suministrar datos personales; por lo que se hace necesario que preferentemente solo los titulares o sus representantes legales puedan tener acceso a los mismos”, agrega la negativa, firmada por Byron Amílcar Estrada García, Jefe de la Unidad de Información Pública del TSE.


TSE INTENTÓ DECLARAR EN RESERVA LAS INVESTIGACIONES

El 26 de abril, el Tribunal Supremo Electoral, presidido en ese momento por el magistrado Mynor Custodio Franco Flores, emitió la resolución 10-2021, en el que declaraban “información reservada” las investigaciones que iniciaron en 2020.

“Resuelve clasificar como información reservada, los expedientes de investigación que se iniciaron a partir del año 2020 que realiza el Inspector General del TSE, en razón de su competencia. Fuente de información: el Inspector General”, explicaba.

“Cumpliendo los requerimientos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública; por lo que habiéndose realizado el análisis correspondiente, este Pleno de Magistrados determinó que debe calificarse como información reservada los expedientes de investigación que en razón de su competencia realiza el Inspector General y en ese sentido deber resolverse”, indicaba esa resolución.


En esa ocasión, el TSE dio a conocer el fundamento por el cual se clasificaba como reservada dichas investigaciones: “El difundir información sobre los expedientes indicados, puede causar serio perjuicio o daño a las actividades de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 23, numeral 4 de la Ley de Acceso a la Información Pública”.

Esta disposición fue criticada por el procurador de los Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas, quien es garante del cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública, además, accionó legalmente en contra de la resolución.

Posteriormente, el 11 de mayo, el TSE revocó la Resolución 10-2021. “Considerando que el derecho de acceso a la información se constituye como uno de los pilares del Estado Democrático de Derecho, a través del mismo se dota a la población la posibilidad de involucrarse y fiscalizar las actuaciones de los gobernantes”, dice parte de la decisión del ente electoral.

PRESIDENTE DEL TSE SEÑALADO DE PRESENTAR CONSTANCIA DE TÍTULO FALSO

El medio elPeriódico reportó que Rojas Cetina y el magistrado suplente Marco Antonio Cornejo Marroquín, presentaron constancias de títulos de posgrado ante la Comisión de Postulación de magistrados del TSE, las cuales no cumplieron con lo que manda la ley.

Ranulfo Rojas, actual presidente del TSE y Marco Antonio Cornejo Marroquín, magistrado suplente, son señalados de supuestamente obtener certificados de graduación falsos. Foto: La Hora.

La Universidad Da Vinci aseguró que se constituyeron como agraviados dentro de la investigación de oficio que inició el Ministerio Público y pidieron en esa oportunidad que la pesquisa estuviera a cargo de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), casi un mes antes de la destitución de su titular, Juan Francisco Sandoval.

El 12 de agosto la Universidad Da Vinci emitió un nuevo comunicado en donde señalan que se entregó al MP, un acta física en la que se hace constar la “aparente” graduación de dos actuales magistrados del TSE. “Todavía eran aspirantes a las titulaciones de doctorado y maestría, y no habían completado aún los procesos de formación para obtenerlas. Por lo tanto, esta graduación no pudo haberse concretado en la fecha indicada en el acta presentada ante el MP”, explicó.

Rojas Cetina enfrentó un proceso de antejuicio por el caso Fénix, pero el pleno de la Corte Suprema de Justicia, poder del Estado al cual perteneció previamente, lo protegió. Esa instancia aún debe conocer otra solicitud de retiro de inmunidad en su contra por el caso Comisiones Paralelas 2020.


Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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