Las carreras clandestinas representan varios riesgos. Foto: Tránsito PNC
Las carreras clandestinas representan varios riesgos. Foto: Tránsito PNC

Participar en carreras clandestinas constituye un delito y están contempladas multas que pueden sumar hasta Q50 mil, según información del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC).

Sin embargo, la sanción económica no lo es todo, porque hay otros riesgos a los que se exponen quienes deciden infringir la ley.

El Departamento de Tránsito de la PNC explica que es importante entender que participar en carreras clandestinas no solo pone en riesgo al conductor, sino a todos los usuarios de la vía pública.

Además:

  • Aumentan las posibilidades de sufrir un accidente
  • Cubrir gastos por daños a propiedad pública o privada y personas lesionadas
  • Sufrir severas lesiones, hospitalización y meses de recuperación
  • Conductores, pasajeros y asistentes ponen en riesgo sus vidas
  • Enfrentar proceso penal por conducción temeraria u homicidio imprudente

 

HASTA Q 50 MIL EN MULTAS

Si bien en el Reglamento de Tránsito en el artículo 185 en su inciso «c» establece una multa de Q25 mil para quien use la vía pública como pista de carrera clandestina, también hay otra sanción, igua de Q25 mil, para los que conducen en forma temeraria.

El artículo 185 del Reglamento de Tránsito, inciso «c» dice: «Veinticinco mil quetzales, por utilizar la vía pública, para carreras, concursos o actividades similares, sin el permiso correspondiente por cada conductor que participe».

Mientras que el artículo 157 del Código Procesal Penal en el numeral 2 detalla que: «Quien condujere un vehículo motor con temeridad o impericia manifiesta o en forma imprudente o negligente, poniendo en riesgo o peligro la vida de las personas, su integridad o sus bienes o causando intranquilidad o zozobra públicas, o no poseyere o portare la respectiva licencia de conducir, bajo las condiciones pertinentes al tipo de vehículo que conduce.

Artículo 185 del Reglamento de Tránsito. Foto: captura de pantalla
Artículo 185 del Reglamento de Tránsito. Foto: captura de pantalla

 

Artículo 157 del Código Procesal Penal. Foto: captura de pantalla
Artículo 157 del Código Procesal Penal. Foto: captura de pantalla
Heidi Loarca Oliva
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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