El abogado Edgar Ortíz explicó que el veto de Bernardo Arévalo no necesitaba fecha de entrada en vigor, como lo aseguró el Congreso.
El abogado Edgar Ortíz explicó que el veto de Bernardo Arévalo no necesitaba fecha de entrada en vigor, como lo aseguró el Congreso. Foto La Hora: José Orozco

Luego de que el Congreso decidiera no conocer el veto y sancionar el Decreto 7-2025, Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, el abogado constitucionalista, Edgar Ortiz, explicó que el presidente Bernardo Arévalo no necesitaba incluir la fecha de entrada en vigor del acuerdo gubernativo con el que vetó la normativa.

“El Congreso ordenó publicar el Decreto 7-2025, que da fondos multianuales a los Codedes y reduce controles: solo 5 días para avalar obras. ¿Su argumento? Que el veto presidencial fue extemporáneo’”, apuntó el abogado Ortiz.

El constitucionalista remarcó que el artículo 178 constitucional indica que cuando el Congreso aprueba un decreto, lo envía al mandatario para su sanción o veto, lo cual debe ocurrir dentro de un plazo de 15 días, por lo que Arévalo podía decidir sobre la normativa hasta el 6 de octubre pasado.

Según detalló, el Congreso asegura que el veto no vale debido a que el acuerdo que lo contenía no tenía “fecha de entrada en vigor”, por lo que aplicaron el artículo 3 del Decreto 1861, que indica que si no tiene fecha, entra en vigor 3 días después de su publicación, es decir el jueves 9 de octubre, fuera de plazo, según los diputados.

A criterio del constitucionalista, el Congreso no tiene la razón, porque los vetos se consignan en un acuerdo gubernativo que no es una norma de observancia general, sino un acto administrativo, por ello, no se necesita la fecha de entrada en vigencia, lo cual remarcó que “así ha sido siempre”.

Sin embargo, subrayó que el Ejecutivo jugó al límite de plazos, lo que abrió la puerta a la disputa en el Congreso.

De acuerdo con el abogado, el tema probablemente llegue a la Corte de Constitucionalidad (CC), que deberá resolver cuándo empezó a correr el veto y si fue o no extemporáneo.

“Ojo: más allá del procedimiento, el Decreto 7-2025 tiene problemas de fondo que lo vuelven posiblemente inconstitucional. Pero por ahora, esa discusión quedará en segundo plano”, recalcó.

Además, Ortiz recordó que el expresidente Alejandro Giammattei no publicó como acuerdo gubernativo el veto a las reformas a la Ley de Contrataciones, y mucho menos le ponía fecha de entrada en vigor. “De hecho, ningún acuerdo de veto la incluye. Pero ahí no decía nada porque lo hincaban”, indicó en respuesta a una cuenta vinculada al Netcenter.

ESTO PASÓ

Durante la sesión ordinaria del pasado martes 7 de octubre, el Congreso de la República se negó a conocer el veto del presidente Arévalo sobre la ley que permite a los Codedes hacer uso de los fondos del Presupuesto 2025 durante el transcurso del próximo año, sin que haya mayores controles sobre los desembolsos.

El diputado del Partido Unionista, Álvaro Arzú Escobar, presentó una moción para que se aprobara la sanción y publicación del Decreto 7-2025, la cual fue aprobada con 86 votos de los congresistas.

Arzú Escobar aseguró que Arévalo publicó el veto el lunes 6 de octubre, pero el acuerdo gubernativo no contaba con día de entrada en vigencia, por lo cual sostuvo que la ley 18-16, indica que si este tipo de documentos no tienen fecha debe entrar en vigencia 3 días después, es decir, hasta el próximo jueves y fuera del plazo constitucional.

Se desata polémica por veto presidencial a Ley de Codedes que expeditaba gasto sin control

Expuso que el artículo 178 constitucional establece que debe haber un “previo acuerdo tomado en Consejo de Ministros”. “La ley es clara que las decisiones de un cuerpo colegiado como lo es el Consejo de Ministros su decisión entran en vigencia, cuando entran en vigencia el acuerdo gubernativo, y el acuerdo 18-2016 que está vigente al día de hoy, en su artículo tercero dice lo siguiente: los acuerdos del Ejecutivo y el Organismo Judicial que no indiquen cuando entran en vigor, se presume que su vigencia principiará dentro de los tres días siguientes a su publicación”, añadió.

A las críticas se sumaron los jefes de bloque de Vamos, Allan Rodríguez, y de Valor, Elmer Palencia, quienes señalaron que se trataba de un error de fondo y no de forma por parte de la Secretaría General de la Presidencia.

En cuanto al oficialismo, los diputados Raúl Barrera y José Carlos Sanabria aseguraron que el artículo 178 constitucional no habla de su publicación en el Diario de Centro América, a la vez, que indicaron que no se podía aplicar el acuerdo 18-86.

Aizenstatd: «Si se comunica al Congreso entre 15 días, existe el veto»

Engelberth Blanco
Creo en la democracia y apelo por una educación de calidad para todas las personas, el acceso al agua y la tierra.
Artículo anteriorGobernación por iniciativa de Ley Antipandillas: «No surgen de la coyuntura, coinciden con ella»
Artículo siguienteDesconocimiento del veto a ley de Codedes «incurre en un error jurídico», afirma Presidencia