Alejandro Arriaza, abogado defensor del médico Kevin Malouf, solicitó al juez Cuarto Penal, Pedro Laynez que su patrocinado se acoja a la Ley de Aceptación de Cargos, luego que el togado decidiera mantener su decisión de enviarlo a juicio por el delito de homicidio culposo y no por homicidio.
Inmediatamente, luego que el juez Laynez tomara la decisión, el profesional del derecho indicó que el artículo 277 del Código Procesal Penal establece la revisión a pedido del imputado.
Según explicó el abogado, el proceso se encuentra en el momento específico en el que variaron completamente las circunstancias, ya que la Sala Primera de Apelaciones del Ramo Penal otorgó un amparo provisional con el que ordenó al juzgador emitir una resolución debidamente fundamentada de conformidad con el artículo 11 bis del Código Procesal Penal.
En esta línea, pidió una revisión de las medidas de coerción en favor del médico, quien es acusado por la muerte de la ciudadana hondureña Floridalma Roque.
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ABOGADO: POBRE SEÑORA, PERO NO HUBO HOMICIDIO SIMPLE
Posteriormente, el juez estableció una pausa en la audiencia, por lo que al salir el abogado Arriaza indicó “simplemente, pobre la señora, pero no hubo homicidio simple, hubo homicidio culposo”.
El letrado resaltó que el juez Laynez volvió a examinar los documentos del caso, por lo que aperturó juicio por el delito de homicidio culposo y no por el de homicidio simple de conformidad con el artículo 11 del Código Procesal Penal.
“Y no lo digo yo, lo dicen todas las pruebas del Ministerio Público (MP), que fue tal y como resolvió el señor juez”, indicó el profesional del derecho.
De acuerdo al abogado, solicitó la medida porque si la aceptación de cargos se da antes de la apertura a juicio tienen derecho al 50% de la reducción de pena y posteriormente a ello, la reducción es un 33%.
Arriaza remarcó que su patrocinado tiene derecho a la rebaja de las penas, porque “la ley así lo dice”
“Si está dentro de las susceptibilidades del proceso penal para aplicar una aceptación de cargos en base al delito de homicidio culposo. Y en el presente caso también ya varían las circunstancias porque se aperturó a juicio por el delito de homicidio culposo”, agregó.
#AhoraLH l Con la nueva resolución, Alejandro Arriaza, defensor de Kevin Malouf, solicita un nuevo proceso de aceptación de cargos, además de la revisión de la medida para solicitar medidas sustitutivas a favor del cirujano plástico y lograr su libertad.
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Además, remarcó que “mañana mismo” solicitará las medidas sustitutivas a favor de Kevin Malouf.
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INSTITUTO DE LA VÍCTIMA APELARÁ
Asimismo, el representante del Instituto de la Víctima, Juan Carlos Aquil, detalló que en la etapa intermedia argumentaron que había un homicidio de acción por omisión.
«Es decir, la norma le establece que debe actuar en determinados casos y como médico tiene una posición de garante. Es decir, que él tiene la obligación o un mandato especial de actuar, en este caso la obligación de él era garantizarle todo el auxilio necesario a la víctima para tratar de salvarla», señaló.
#LHEnBreve Después que el juez Pedro Laynez decidió enviar a juicio a Kevin Malouf por el delito de homicidio culposo, el representante del Instituto de la Víctima, Juan Carlos Aquil, afirmó que accionaran en contra de la resolución.
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El abogado del Instituto de la Víctima sostuvo que el Juez Laynez afirmó que Malouf hizo todo lo posible para salvarle la vida a Roque, pero recalcó que es mentira, ya que todas las llamadas que hizo el médico fueron para buscar trasladarla a una sala tipo A, pero al final, no lo realizó, por lo que cometió el delito de homicidio.
De acuerdo al letrado, el artículo 123 del Código Penal indica que «quien diere muerte a», y ello se refiere a acciones o por omisiones, por lo que subrayó que el médico omitió brindarle auxilio a la víctima.
«Y para la teoría de la acción por omisión, no debo probar el dolo, por eso para nosotros el juez está errado cuando entra a analizar que hay un homicidio culposo y que no podemos probar el dolo, porque realmente esa teoría de la acción por omisión no indica que nosotros debemos de probar el dolo, sino es un dejar de hacer, pero ese dejar de hacer va encaminado a que como consecuencia de dejar de hacer se provoca un resultado en el mundo exterior, en este caso, lógicamente la muerte de la víctima», afirmó.
De acuerdo al profesional del derecho, Malouf sabía que si como médico dejaba de actuar y no trasladaba a la víctima hasta un sanatorio donde se contara con todos los insumos necesarios para salvarle la vida, probablemente podría morir, y ello «aconteció», indicó.
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También, resaltó que no cuentan con una necropsia en este caso, pero el médico también habló de medios científicos y hay un dictamen antropológico en donde se establece que Malouf incluso partió a la víctima.
ACCIONES PREVIAS, DURANTE Y POSTERIORES
Asimismo, Aquil subrayó que como Instituto de la Víctima afirman que hay acciones previas, durante y posteriores del delito.
«Previas porque es evidente que efectivamente la víctima conocía el lugar donde la iban a operar, eso es innegable, pero las acciones durante la operación es que no se le administra en su momento la insulina que era necesaria, que ya había mandado el esquema el médico Valenzuela», agregó.
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A su vez, recalcó que las acciones posteriores de Malouf nunca podrán encuadrar en una culpa, ya que el médico, intencionadamente, desapareció el cuerpo, ya que era lógico que buscaba que no se determinara la causa de muerte cuando las autoridades encontraran el cuerpo.
De acuerdo al abogado, los argumentos tienen que ser analizados por un tribunal, el cual puede decidir si le da valor probatorio a las pruebas.
«Allá tiene que ir el médico para explicar por qué murió Floridalma, allá debiera de ir el médico a explicar esas lesiones postmortem o perimortem», indicó.
CONTRADICTORIO
De la misma forma, Aquil sostuvo que la resolución del juez Laynez es contradictoria porque cuando la Sala Primera ordenó que emita una nueva resolución, pidió que realizara un análisis de los tipos delictivos.
«Él sí menciona que hay acción por omisión, pero si ustedes se dan cuenta en la resolución no entra a desarrollar esa parte, solo dice haya delitos de acción por omisión y él dice que no se pueda probar el (…) sigue cayendo en el dolo, en la intensión», indicó.
Además, sostuvo que presentarán un amparo en contra de la resolución, al mismo tiempo que recordó que presentaron una acción similar en contra de la Sala Primera por denegar la recusación en contra del juez y por lo cual la Corte de Constitucionalidad (CC) pidió los antecedentes.
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JUEZ SE MANTIENE FIEL A MALOUF
Este jueves 5 de junio, el juez Laynez decidió enviar a juicio al médico Kevin Malouf, así como a las enfermeras Susana Rojas y Lydia Moreira por el delito de homicidio culposo, luego de la resolución de la Sala Primera de Apelaciones en la que se resolvió que debía de analizar de nuevo si eran enviados a juicio por el homicidio o por homicidio culposo.
Según el juzgador, los sindicados debían ser garantes de la salud de la víctima, pero los medios de investigación presentados por el Ministerio Público (MP) no aportan o ayudan a determinar la intencionalidad que hubo sobre la muerte.
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