Por Eder Juárez
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El presidente Jimmy Morales tiene en sus manos sancionar o vetar la Ley de Aceptación de Cargos, que aprobó ayer el Congreso de la República, según lo establecen los artículos 177 y 178 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
El secretario de Comunicación Social de la Presidencia, Alfredo Brito, dijo que hasta que el Congreso envíe la normativa, el Presidente realizará el análisis correspondiente.
De acuerdo con el artículo 177 de la Constitución Política, “Aprobación, sanción y promulgación. Aprobado un proyecto de ley, la Junta Directiva del Congreso de la República, en un plazo no mayor de diez días, lo enviará al Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación”.
El artículo 178 dice: “Veto. Dentro de los quince días de recibido el decreto y previo acuerdo tomado en Consejo de Ministros, el Presidente de la República, podrá devolverlo al Congreso con las observaciones que estime pertinentes, en ejercicio de su derecho de veto. Las leyes no podrán ser vetadas parcialmente”.