Autoridades sancionan a conductores de buses por circular contra la vía en Escuintla. Foto: PNC
Autoridades sancionan a conductores de buses por circular contra la vía en Escuintla. Foto: PNC

Las multas que podrían ser impuestas a las unidades de transporte colectivo de pasajeros por no contar con los respectivos limitadores de velocidad han sido publicadas en el Diario Oficial, las cuales se encuentran reguladas bajo la Dirección General de Transportes (DGT) y cobrarán vigencia a partir del mes de marzo.

Serán entre 5 a 10 salarios mínimos no agrícolas los que tendrán que pagar como sanción, según quedó establecido por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).

La necesidad de implementar un Sistema Limitador de Velocidad (SLV), surge en medio de varios accidentes viales, uno de estos precisamente la madrugada de este 27 de enero, en el que 15 personas resultaron heridas.

Otro de los antecedentes ocurrió en la Cumbre de Alaska, el cual tuvo un saldo de 15 fallecidos y medio centenar de heridos, pero también uno que ocurrió en la calzada La Paz en febrero de 2025, con más de 50 personas que perdieron la vida.

La cartera hace la aclaración de que estas multas no excluyen las sanciones administrativas que puedan surgir dentro de las normativas vigentes, como de la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial (Decreto 45-2016) o en el reglamento de la respectiva legislación (Acuerdo Gubernativo 38-2019).

Menos del 10% de buses extraurbanos cuentan con limitador de velocidad y el CIV anuncia sanciones

El viceministro de Transportes, Fernando Suriano, ya con anterioridad se había pronunciado sobre la implementación de las multas en un contexto donde menos de un 10% de los buses extraurbanos cuentan con este Sistema Limitador de Velocidad (SLV).

Las sanciones fueron anunciadas y entrarían en vigencia previo al inicio de marzo, según compartió el viceministro.

LAS MULTAS

Las multas cobran vigencia a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo ministerial, la cual será el 2 de marzo de 2026.

  • 5 salarios mínimos por no haber implementado el Sistema Limitador de Velocidad
  • 7 salarios mínimos a partir de seis meses de la entrada en vigencia de dicha normativa, es decir desde septiembre.
  • 10 salarios mínimos a partir de un año de la entrada en vigencia de la normativa, es decir, en marzo 2027.

Esto dice la ley sobre la implementación de limitadores de velocidad en buses y de las sanciones por no portarlo

Danny de León
Comunicador, escritor y artista. Un observador por naturaleza. Persigo historias y experiencias, el cambio y la sensibilidad. Creo firmemente en la crítica y la educación como mecanismo para cambiar el mundo, una idea a la vez.
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