Varios migrantes guatemaltecos deportados desde diferentes partes de Estados Unidos, esperan su turno para subir a un bus el 22 de diciembre de 2011, para viajar a su ciudad natal en diferentes departamentos de Guatemala.
Varios migrantes guatemaltecos deportados desde diferentes partes de Estados Unidos, esperan su turno para subir a un bus el 22 de diciembre de 2011, para viajar a su ciudad natal en diferentes departamentos de Guatemala. Jose Miguel LAM/ AFP.

Este lunes 31 de julio, el Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado de Estados Unidos comenzará a emitir invitaciones por correo electrónico y correo postal bajo los nuevos procesos de permisos de permanencia temporal de reunificación familiar (FRP, por sus siglas en inglés) para Guatemala, Colombia, El Salvador y Honduras.

El programa de reunificación familiar, permitirá que las personas originarias de los referidos países, que sean ciudadanas o residentes permanentes en EE.UU., puedan solicitar que sus familiares migren de manera legal al territorio estadounidense, amparado con una visa humanitaria.

Otro efecto de este proceso consiste en que quienes viajen por medio de este mecanismo sean considerados por las autoridades estadounidenses para otorgarles un permiso de permanencia temporal en dicho país.

¿A QUIÉNES SE LES EXTENDERÁ LA INVITACIÓN?

Los FRP están disponibles por invitación únicamente para los solicitantes de Guatemala, El Salvador, Honduras o Colombia que con anterioridad hayan presentado un Formulario I-130, con el cual se establece la Petición de Familiar Extranjero, el cual haya sido aprobado a nombre de un beneficiario principal de las referidas naciones y sus familiares inmediatos.

“Estos procesos permiten que un beneficiario elegible sea considerado para recibir un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, caso por caso únicamente, mientras esperan que su visa de inmigrante basada en la familia esté disponible”, detalló el Departamento de Estado.

De esa cuenta, este 31 de julio, el Departamento de Estado iniciará con el envío de las invitaciones, ya sea por correo postal o electrónico, al peticionario, quien tendrá que identificar a los miembros de su familia que son elegibles para ser considerados.

 

BENEFICIARIOS QUE SON ELEGIBLES

Para que los extranjeros puedan convertirse beneficiarios y de esa cuenta sea considerado para que se le expida de manera discrecional una autorización anticipada para viajar a EE. UU. y solicitar la otorgación discrecional del permiso de permanencia temporal debe:

1. Estar fuera de Estados Unidos.

2. Ser el beneficiario principal o derivado de un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.

3. Ser originario de un país que tenga un proceso de permiso de reunificación.

4. Familiar o ser un beneficiario derivado de un beneficiario principal.

5. Tener un familiar peticionario en EE. UU. que recibió una invitación para iniciar el proceso FRP a nombre de este.

6. No habérsele expedido una visa de inmigrante cuando se le expida la invitación.

7. Tener un pasaporte vigente y válido para viaje internacional.

 

Se estableció que los solicitantes que no serán elegibles son:

1. Quienes hayan cruzado irregularmente a EE. UU. entre puertos de entrada estadounidenses, después del 10 de julio de 2023, excepto que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) no considerare que un beneficiario no es elegible a base de un solo caso de salida voluntaria, de conformidad con la Sección 240B de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) o el retiro de su solicitud de admisión, de conformidad con la Sección 235(a)(4) de INA.

2. Quienes hayan sido interceptados en el mar después del 10 de julio de 2023.

3. En contra de quienes se haya ordenado su remoción de Estados Unidos en algún momento durante los cinco años anteriores o está sujeto a un veto de inadmisibilidad con base de una orden de remoción anterior.

 

INFORMACIÓN NO SE HA DIFUNDIDO

El analista guatemalteco en materia de migración Fernando Castro Molina, consideró que las instituciones vinculadas al tema migratorio en Guatemala, y los demás países beneficiarios, no han reunido esfuerzos para dar a conocer las disposiciones.

“No han sido divulgadas para conocimiento de la población interesada, que son miles, siendo una responsabilidad”, dijo.

Agregó que con esa actitud se demuestra “la falta de interés en informar a población familiar de migrantes, para brindar oportunidades de promover la unificación familiar a través de migración legal”.

También dijo que la oportuna difusión de los detalles del programa evitaría que los guatemaltecos y ciudadanos de otras naciones paguen a “coyotes o polleros”, con lo cual ponen en riesgo su vida en un viaje migratorio peligroso.

Castro Molina destacó que esta oportunidad “debe ser promovida en campañas informativas en radio, prensa y televisión, tanto en idioma castellano como mayas, para orientar a la población, como parte de una obligación hacia la población migrante”.

Diego España
Escribo sobre política, justicia y sectores vulnerables. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos.
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