
El Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para 2026 fue aprobado la madrugada del pasado miércoles 26 de noviembre, por un monto de Q163 mil 469 millones 328 mil 657. En este, se detalla que se asignan montos específicos para proyectos de relevancia, como una cárcel de máxima seguridad o la reactivación del sistema ferroviario.
Entre estos, se encuentran también un monto que se designará para apoyar económicamente en caso de la ocurrencia de algún fenómeno o desastre natural, y que será de apoyo para municipalidades, Conred y el Ministerio de la Defensa.
El artículo 136 de esta la ley establece la creación de un fondo emergente de Q120 millones, destinado a responder de manera inmediata ante fenómenos naturales, epidemias, pandemias u otras emergencias que afecten a la población.
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Según el texto, estos recursos forman parte de las Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro y solo pueden comprometerse y ejecutarse dentro del período fiscal en el que se declare la emergencia, conforme a lo que establece la Ley de Orden Público.
QUÉ PASA SI ESTOS FONDOS NO SE USAN
En caso de que, durante el ejercicio fiscal para el cual el monto fue asignado, no ocurriera alguna emergencia de tal magnitud que amerite el uso del los fondos, el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) queda facultado para transferir —según la disponibilidad financiera— esos recursos a la cuenta bancaria del Fondo Emergente de la Tesorería Nacional, donde permanecerán resguardados.
EJECUCIÓN QUEDA A CARGO DE EJÉRCITO Y MUNIS
Una de las disposiciones más relevantes de este artículo es que los recursos podrán ejecutarse mediante la llamada “modalidad múltiple de gestión financiera”, que brinda un papel central al Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Guatemala.
De igual manera, se establece un esquema para que, tanto el Ejército como las comunas, puedan hacer uso del monto como parte de la prevención o respuesta a desastres naturales.
- Las municipalidades o sus empresas podrán proponer proyectos de mitigación de daños o atención de emergencias al Cuerpo de Ingenieros.
- El Ejército deberá informar a la Conred sobre cada solicitud recibida.
- La ejecución de los proyectos quedará en manos del Cuerpo de Ingenieros, mientras que la municipalidad deberá aportar los recursos financieros o materiales que tenga disponibles.
- Debido a la naturaleza de urgencia, estos proyectos quedan exceptuados del registro y trámites del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
- Además, el Ministerio de la Defensa podrá presentar al Minfin las solicitudes de transferencias presupuestarias, que deberán resolverse en un plazo máximo de 20 días.
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CONTRATACIÓN DIRECTA Y SIN DECLARATORIA DE EMERGENCIA
El artículo faculta al Cuerpo de Ingenieros a realizar contratación directa de insumos, materiales, equipo o servicios, sin necesidad de procesos competitivos, siempre que se trate de proyectos de mitigación o atención de emergencias.
Una excepción es que, para ejecutar recursos en esta modalidad, no será necesario que exista una declaratoria de emergencia por parte del Ejecutivo, para iniciar con la respuesta.







