Imagen de archivo. En abril de 2019, el Juzgado de Turno de Femicidio dictó medidas de seguridad a favor de Sandra Torres y prohibió a Juan Francisco Sandoval y a Andrei González “perturbar o intimidar” a Torres. Foto: La Hora.

Por Denis Aguilar
daguilar@lahora.com.gt

La Corte de Constitucionalidad (CC) informó hoy que declararon sin lugar los recursos de apelación presentados por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y por Sandra Torres contra una resolución emitida el pasado 21 de julio, lo cual deja en suspenso provisional la anotación de Sandra Torres como secretaria general de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).

La acción de Sandra Torres y del jefe de Departamento de Organizaciones Políticas del TSE se había presentado contra la decisión tomada por el Juez Tercero de Primera Instancia Civil, quien otorgó un amparo al secretario general de la UNE, Oscar Argueta, para dejar en suspenso la anotación de Torres como secretaria general de esa agrupación.

En ese sentido, la CC dejó en firme dicha resolución y en suspenso provisional el acto reclamado por Torres y el TSE correspondiente a la Anotación “N” de la resolución del pasado 12 de junio, donde se confirmaba a Sandra Torres como la secretaria de la mencionada agrupación política.

Según explicó la CC a La Hora, se rechazó la apelación presentada por Torres y el TSE debido a que hay un tema de fondo que no se ha resuelto, luego de que el secretario general actual de la UNE pidiera una revocatoria contra el proceso donde se designó a Torres como secretaria general, la cual fue denegada en su momento.

Además, Argueta presentó una apelación contra esa decisión del Tribunal, situación que aún no se ha resuelto y por la cual la CC decidió suspender de manera provisional la anotación de Torres para estar al frente de la UNE.

El pasado de 12 de junio, el TSE nombró a Sandra Torres como la secretaria general de la UNE, debido a esta situación, Argueta accionó argumentando que había un proceso pendiente de resolver, una apelación de la revocatoria que se había solicitado, con lo que la sentencia no está en firme.

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