El Ministerio Público (MP) anunció el 2 de agosto que pedirá certificar lo conducente contra la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Blanca Alfaro y el titular de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, Santiago Palomo, por divulgar información confidencial en el caso Corrupción Semilla.
El MP aseguró que ambos funcionarios “han esparcido por diferentes canales de comunicación información confidencial o en reserva, relacionada con el Caso Semilla y, por lo tanto, habrían incurrido en un delito”.
Por ello, el MP accionará para que se certifique lo conducente en contra de los funcionarios. A Palomo lo sindican de incurrir en los delitos de obstaculización a la acción penal y abuso de autoridad y a Alfaro por revelación de información confidencial o reservada.
La certificación de lo conducente es ordenar que se inicie una investigación en contra de los funcionarios.
SOBRE LAS ACUSACIONES
El analista político Renzo Rosal consideró que el planteamiento de la Fiscalía no tiene sentido, no cabe, porque ni Palomo y Alfaro se han excedido en los mensajes que han planteado.
Explicó que lo expresado por ambos funcionarios se dio como una especie de «alerta» a la ciudadanía, ya que a través de una acción jurídica fue traslado el padrón electoral por medio de un procedimiento informático.
Aseguró que el padrón electoral es clave, sobre todo, por la base de este, que es la inscripción del ciudadano y no puede quedar en manos de alguien que no sea el TSE. “Hay información sensible”, según Rosal.
Agregó que el MP no tiene competencia para conocer el padrón electoral. Según Rosal, en el caso de Palomo, la persecución del MP es porque lo ha tenido «entre ceja y ceja», por la posición que ocupó en la Comisión Nacional Contra la Corrupción (CNCC), y en el caso de Alfaro, posiblemente por la defensa que los magistrados hicieron cuando el MP sustrajo las actas electorales.
SEGÚN LA NECESIDAD
El expresidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), Ovidio Orellana, cree que, de conformidad con la ley, el MP sí puede pedir reserva sobre un caso.
Agregó que, aunque tiene el derecho de solicitarlo, depende de que exista esa «imperiosa necesidad de decretarla», siempre que la publicidad del proceso entorpezca la investigación.
Aclaró que, si los presupuestos se cumplen y así lo determina el MP y el juez, sí pueden mantener en reserva las actuaciones que se haya realizado o bien puedan plantearse a futuro.
ANALIZAR CADA CASO
El abogado Óscar Morales explicó que, en el caso de la presidenta del TSE, habría que analizar qué declaró o evidenció públicamente, porque si violó la reserva judicial, sí se puede certificar lo conducente y tener consecuencias legales.
Aunque puntualizó que por la calidad que ostenta goza de derecho de antejuicio y se tendría que agotar esa instancia para llegar a ella.
En lo pronunciado por Palomo, el jurista considera que si conociendo de un caso penal habló de las incidencias del proceso, correría la misma suerte.
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Pero, agregó que si lo que él declaró se refiere a las implicaciones del posible secuestro del padrón electoral, habrá que evaluar en cada caso si se violenta o no la reserva.
Opinó que tampoco puede convertirse la reserva judicial como «una forma de represión hacia la opinión pública o libertad de expresión».
«Uno puede decir, mire, yo sí creo que el padrón electoral es vulnerable, sin incidir. Pero si digo, por ejemplo, la hoja número cuatro, si se la llevaron, allí sí estaría invadiendo una reserva judicial. Hay que tener mucho cuidado, pues es el juez quien tiene que valorarlo con apego a las garantías constitucionales», explicó.