Construcción de una planta de tratamiento en Nueva Santa Rosa, Santa Rosa, con fondos del Codede. Foto: Codede Santa Rosa /La Hora
Foto: Codede Santa Rosa /La Hora

Para este 27 de septiembre se tiene previsto que concluya la prórroga emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) para el otorgamiento de licencias ambientales.

Al menos, esto fue lo que respondió dicha cartera a través de Comunicación Social, al señalar que «por el momento no existe ninguna prórroga», a la fecha establecida, cuyo período vence en septiembre próximo.

La respuesta del MARN detalla que las empresas deberán estar anuentes a cumplir con la norma vigente en el plazo correspondiente.

Agrega que esto debe darse, en concordancia con lo que representa la responsabilidad social empresarial, así como a la búsqueda de que todo proyecto sea amigable con el ambiente.

PRÓRROGA

De esta cuenta, es de señalar que con fecha 2 de diciembre de 2022, fue publicado en el Diario de Centroamérica, el Acuerdo Gubernativo 298-2022 que contiene las reformas al Reglamento de Evaluación y Seguimiento Ambiental 137-2017, que establece el 27 de septiembre de 2024 como fecha límite para la regularización ante el MARN.

En este cuerpo normativo, se señala que la decisión debe ser observada por todo proyecto, obra, industria o actividades ya existentes, que no hayan cumplido con la gestión del instrumento ambiental correctivo.

Esta prórroga fue autorizada como consecuencia del incremento en la presentación de solicitudes de instrumentos correctivos para regularización ante la cartera de ambiente.

El Acuerdo que permitió establecer esta ampliación al 27 de septiembre, cobró vigencia el 3 de diciembre de 2022.

Previo a la aprobación y vigencia de dicha prórroga, la fecha límite para cumplir con esta normativa había sido fijada para el 16 de diciembre de 2022.

CATEGORÍAS

Además, al mencionar que la prórroga emitida en diciembre de 2022 es aplicable a todo proyecto, obra, industria o actividades ya existentes, también se extiende a cada una de las categorías establecidas en la Ley de Protección de Medio Ambiente.

Ante ello, la obligación de licencia ambiental aplica a las categorías ambientales vigentes, siendo estas A, B1 y B2, mientras que son opcionales para las C y CR.

INCUMPLIMIENTO

Según la normativa, a quienes incumplan con esta obligación durante el plazo establecido, se impondrá una multa de Q5 mil a Q10 mil sin importar la categoría del proyecto o actividad.

Sin embargo, a quienes incumplen con los requisitos para la licencia, el expediente se archiva y los interesados deben presentar otro instrumento ambiental.

Cristobal Véliz
Periodista de vocación. Amante de las leyes y del Estado de derecho. Experiencia de más de 10 años en la cobertura de los procesos de postulación y nombramientos de funcionarios públicos.
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