Por Cristian Velix
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El Organismo Judicial (OJ), ante los retrasos provocados en el desarrollo de procesos judiciales por la pandemia del COVID-19, plantea que tres judicaturas realicen debates de forma virtual, lo cual forma parte de un plan piloto de ese poder de Estado para implementar esa estrategia.
En ese método participarán el Tribunal Noveno de Sentencia Penal, el Tribunal de Sentencia Penal de Femicidio de Suchitepéquez y el Tribunal de Sentencia Penal de Mayor Riesgo de Quetzaltenango, los cuales administrarán una licencia para poder llevar a cabo los debates en línea.
La fecha aproximada que se planteó para el inicio del plan es la de este día y contará con una inducción del Centro de Información, Desarrollo y Estadística Judicial (CIDEJ) y el Centro de Informática y Telecomunicaciones (CIT) de esa institución.
Asimismo, se creará un comité integrado por los jueces de los tribunales, personal auxiliar, letrados de la Cámara Penal, personal del CIT y CIDEJ, con la finalidad de verificar diariamente el desarrollo del plan piloto y realizar los ajustes que se requieran durante las primeras dos semanas.
De igual manera, el OJ espera que posteriormente se incorporen más judicaturas que estén interesadas en unirse a la implementación de audiencias virtuales “derivado de las buenas prácticas de la aplicabilidad del plan piloto”.
METODOLOGÍA
Los órganos jurisdiccionales deberán seleccionar los casos cuyos debates estime se puedan realizar en línea y, en ese sentido, tendrá que tomar en cuenta aspectos como la cantidad de sindicados, la cantidad y tipo de pruebas a recibir y el tiempo estimado del juicio.
Además, la judicatura deberá priorizar los casos que tengan privados de libertad y que puedan declarar mediante videoconferencia, no obstante, previo a que se realice dicha diligencia, se tiene que consultar con los sujetos procesales para que expresen su anuencia a que se lleve a cabo por esa vía.
De aceptarse la realización del debate de forma virtual, se creará una sesión y auxiliares judiciales remitirán por correo electrónico el enlace para informar hora, día, mes y año en el que se hará la audiencia, y de haber algún privado de libertad deberá realizarse la programación de videoconferencia.
El plan estipula que cuando alguno de los participantes no asista a la sesión por inconveniente de conexión o alguna otra causa el juez podrá poner pausa a la grabación de la audiencia o suspender la misma, según los problemas técnicos que se susciten.
“El debate se realizará cumpliendo las normas procesales vigentes, y se faculta a los jueces a implementar las medidas necesarias para el adecuado cumplimiento de estas en el desarrollo virtual del debate”, añade la estrategia del OJ.
LAS PRUEBAS
En cuanto a las pruebas el plan piloto indica para la de tipo documental, que no se encuentre en el expediente judicial, se solicitará a las partes que la tengan digitalmente y se envíe por correo electrónico a un auxiliar de la audiencia.
En el caso de las pruebas materiales, la parte procesal que tenga la misma tendrá ponerla a la vista desde su cámara y, para las testimoniales o periciales, podrán ingresar a la sala virtual en el momento procesal correspondiente.
El OJ también señaló que una de las herramientas de la plataforma virtual que utilizarán para este método impedirá que los testigos se comuniquen entre sí o con otras personas, asimismo, el enterarse de lo que ocurra en el debate, previo a declarar.
Para la prueba pericial el Organismo estableció que se mostrarán o leerán las conclusiones de los dictámenes y el perito desde su sala responderá las preguntas que formulen los sujetos procesales en el debate.
DELIBERACIÓN
Dependiendo del tiempo que tarden los jueces para el pronunciamiento de la sentencia, el Tribunal o juez podría trasladar a los sujetos procesales a una sala de espera virtual o se generará una nueva invitación para que ingrese a la sesión para el pronunciamiento de la resolución.
El documento de la sentencia sellado y firmado por el juez o jueces del Tribunal podrá ser enviado a las partes por medio de correo electrónico, mientras que auxiliares judiciales cerrarán la sesión de la audiencia electrónica, descargará el archivo y la guardará en una carpeta de su ordenador.
Asimismo, los auxiliares judiciales procederán a verificar la grabación de la audiencia y guardará el audio como anexo en el expediente judicial respectivo del Sistema de Gestión de Tribunales (SGT), también, a solicitud de los sujetos procesales, podrá enviar copia del audio de la grabación de la audiencia por medio de correo electrónico.