El MSPAS dio a conocer nuevas disposiciones sanitarias para la apertura de todas las actividades. Foto: La Hora/José Orozco

Por tercer día consecutivo, el Ministerio de Salud y Asistencia Social (MSPAS) dio a conocer nuevas reformas en los parámetros para determinar el nivel de riesgo y las disposiciones sanitarias para la apertura de todas las actividades, mediante la publicación en el Diario Oficial del Acuerdo Ministerial 159-2021, en el que se derogan anteriores acuerdos y hasta incurre en un error de fecha.

Cabe destacar que el acuerdo menciona el año 2021 en lugar del 2022; sin embargo, el MSPAS indicó que el error fue cometido por parte del Diario de Centro América, por lo que procederán con su rectificación.

El escrito señala las modificaciones de los artículos 3 y 4 del Acuerdo Ministerial 158-2022, emitido el 11 de mayo, o sea hace dos días, que contiene el sistema de alertas y disposiciones sanitarias. Las nuevas reformas entran en vigencia a partir de su publicación, es decir, este viernes.

PARÁMETROS DE NIVEL DE RIESGO

El articulo 1 explica que los siguientes parámetros se utilizarán para determinar el nivel de riesgo de contagios derivados de la emergencia COVID-19.

Indicadores

• Incidencia de casos confirmados de COVID-19 por 100 mil habitantes en los últimos 14 días.
• Porcentaje acumulado de vacunación esquema dos dosis en mayores de 12 años.
• Porcentaje de pruebas SARS-CoV-2 positivas en las dos últimas semanas.
• Promedio de número de pruebas por 1,000 habitantes por día.

 

Asimismo, los municipios se clasificarán con un color de alerta de acuerdo con el puntaje:

• Rojo >10.5 puntos
• Naranja >7 -< 10.5 puntos
• Amarillo <3.5 -< 7 puntos
• Verde 3.5 puntos

 

DISPOSICIONES SANITARIAS

El articulo 2 indica la apertura de todas las actividades económicas, laborales, educativas en todos sus niveles, técnicas, de capacitación y de cuidado infantil, por lo que el MSPAS emite las siguientes disposiciones sanitarias:

• Higiene obligatoria de manos, ya sea mediante el uso de agua y jabón por un lapso de 20 segundos, o a través de la desinfección con alcohol líquido o en gel que posea al menos el 70% de concentración.

• Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, en alerta color rojo, en espacios abiertos y cerrados. Además, recomiendan mantener el referido distanciamiento en alerta naranja en espacios cerrados y la obligación se exceptúa en alerta amarilla y verde.

 

• Uso obligatorio y adecuado de la mascarilla en alerta color rojo en espacios abiertos y cerrados. Las autoridades recomiendan el uso del tapabocas en alerta naranja y amarilla en espacios cerrados.

La obligación se exceptúa en los menores de 2 años, en personas por condición médica y en los municipios en alerta color verde.

“Las presentes disposiciones serán reformadas tomando en consideración la evolución de la pandemia COVID-19 y la nueva evidencia científica que se conozca”, agrega el acuerdo.

ACUERDOS DEROGADOS

El artículo 3 señala que los Acuerdos Ministeriales número 233-2020, de fecha 30 de septiembre del 2020; 102-2021 del 11 de mayo del 2021; 33-2022 del 10 de febrero del 2022 y 98-2022 del 21 de marzo del 2022 quedan derogados.

 

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