Tras derogación de impuesto de herencia, la Contraloría General de Cuentas (CGC) suprime Departamento de Herencias, Legados y Donaciones y esto sucederá con los empleados.
La CGC publicó el acuerdo A-009-2026, con el cual suprime y cesa las funciones del referido departamento. La Contraloría explica que, a raíz del Decreto 6-2026 —que deroga el Decreto 431 sobre herencias—, existe una inexistencia de materia administrativa, legal y técnica que justifique la competencia de dicha unidad.
Asimismo, detalla que la CGC procederá a la devolución de manera inmediata de expedientes de procesos sucesorios testamentarios, intestados y donaciones por causa de muerte que se encuentren en la fase de aprobación de la liquidación del impuesto correspondiente a la fecha de entrada en vigor del Decreto 6-2026.
Los expedientes serán devueltos a la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (Dicabi) del Ministerio de Finanzas Públicas para los efectos legales correspondientes.
En cuanto a la recepción de inventario y archivo, la CGC refiere que se procederá a coordinar la recepción, baja o reasignación de bienes y equipo del departamento que se suprime.
La documentación del departamento en mención quedará bajo resguardo del Archivo General de la CGC y la Secretaría General garantizará la información quede disponible conforme a la Ley de Acceso a la Información Pública, cuando corresponda.
También se instruye que la Dirección de Control y Verificación Interinstitucional en coordinación con la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación sean los responsables de asignar los permisos y roles necesarios al usuario que autorice la Dirección, a efecto de que pueda consultar cuando sea necesario, los registros, bitácoras y documentos digitales o digitalizados del citado departamento.
ESTO PASARÁ CON EL PERSONAL
Como consecuencia del cierre del departamento los trabajadores serán reubicados. Dicha labor estará a cargo de la Dirección de Recursos Humanos en coordinación con la Subcontraloría de Probidad.
Los empleados serán reasignados a las distintas dependencias técnicas o administrativas de la Contraloría, conforme a las necesidades institucionales, estructura orgánica vigente, así como la compatibilidad de los perfiles de puestos y su naturaleza, según se lee en el acuerdo.
No obstante, en el acuerdo se aclara que «en los casos donde, por razones de especialidad o inexistencia de vacante análoga, la reubicación no sea técnica o administrativamente factible, se procederá con el retiro del trabajador por supresión de puesto y el pago de la indemnización y prestaciones laborales que conforme a la ley correspondan».
Así también, para casos no previstos, estos serán conocidos y resueltos por la Dirección de Control y Verificación Interinstitucional. Estas disposiciones cobran vigencia desde este lunes 6 de abril.
DEROGACIÓN DEL IMPUESTO
El pasado 2 de abril entró en vigor el Decreto 6-2026 «Derogatoria de la Ley sobre el impuesto de herencias, legados y donaciones, Decreto 431».
Durante más de 70 años se realizó el cobro del referido tributo. Sin embargo, el proceso terminó siendo burocrático y varios de los beneficiarios fueron afectados con multas y moras, lo que repercutió en algunos casos la pérdida del bien.
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Desde este 2 de abril queda eliminado el impuesto de herencias e incluye casos en proceso








