
De acuerdo con la ley, el pasado 28 de enero tenía que estar listo el reglamento para la portabilidad numérica, que permite a los usuarios conservar su número telefónico aunque cambien de proveedor. Esto se sabe.
El Decreto 14 2025 «Ley de Portabilidad Numérica en servicios de telefonía» entró en vigor el 28 de noviembre de 2025.
En el artículo 13 se ordena que, dentro de los dos meses de vigencia del referido decreto, la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT) deberá emitir el reglamento de la citada Ley.
Sin embargo, aún no se cuenta con el reglamento. La Hora consultó a la SIT sobre el estatus del reglamento.
La entidad informó que se finalizó con la redacción del reglamento y se encuentra en la fase de revisión para su aprobación.
Asimismo, la SIT explicó que, al momento de quedar aprobado, será publicado en el Diario de Centro América.

CONSERVAR EL NÚMERO
Esta normativa permite a los usuarios de telefonía conservar el número si desean cambiar de proveedor.
No obstante, hay ciertas condiciones que los usuarios deben cumplir y también lineamientos que las empresas proveedoras deben seguir.
La ley garantiza que, por dicho proceso, el usuario no tendrá que pagar nada, pero debe estar solvente con el servicio.
Los detalles de cómo será el proceso para la portabilidad serán especificados en el reglamento.
Desde este 28 de noviembre, tu número de celular será el mismo aunque cambies de proveedor







