Estos son los nuevos valores del impuesto de circulación de vehículos para el 2026. Foto La Hora: ARCHIVO
El tránsito vehicular se está liberando paulatinamente tras la llegada de la marcha a la Plaza de la Constitución. Foto La Hora: ARCHIVO

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario de Centro América (DCA) la tabla de valores imponibles del Impuesto de Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos (ISCV) para el 2026.

Este 28 de noviembre fueron publicados los Acuerdos 16-2025, 17-2025, 18-2025 y 19-2025 de la SAT.

Se trata de los valores que estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. También se aprobó la tabla de valores imponibles del Impuesto al Valor Agregado por Enajenación de Vehículos terrestres a partir del 1 de enero del año en curso, el cual será la misma tabla del ISCV.

Se explica que para aquellos vehículos terrestres que no aparecen incluidos en la tabla, el impuesto se determinará de la forma siguiente:

Cuando la marca, línea y demás características del vehículo no aparezcan incluidas en la Tabla de Valores Imponibles, se aplicará el impuesto que corresponda al rubro inmediato más bajo del vehículo que presente mayor grado de similitud en la marca, línea, centímetros cúbicos, watts o kilowatts, cilindros, puertas o combustible, u otras características como tipo y valor de mercado.

Cuando la marca y línea aparezcan en la Tabla de Valores Imponibles, pero las demás características no coincidan, se aplicará el impuesto que corresponda al rubro inmediato más bajo en la marca y línea del vehículo.

Cuando la marca aparezca en la Tabla de Valores Imponibles, pero las demás características no coincidan, se aplicará el valor que presente mayor grado de similitud en centímetros cúbicos, watts o kilowatts, cilindros, puertas o combustible, que corresponda al rubro inmediato más bajo, en la marca del vehículo.

La tabla se puede consultar en el portal oficial de la SAT y se puede descargar en archivo PDF.

acuerdos directorio 16-2025
Los acuerdos directorios 16-2025 a 19-2025 fueron publicados en el DCA. Foto La Hora: DCA

CÁLCULO DEL IMPUESTO

Para saber cuál será el impuesto a pagar, se debe calcular un porcentaje sobre la base imponible, dependiendo del modelo del vehículo:

  • Del año en curso o del año siguiente: se aplica el 2.0%
  • De un año un día a dos años: 1.8%
  • De dos años un día a tres años: 1.6%
  • De tres años un día a cuatro años: 1.4%
  • De cuatro años un día a cinco años: 1.2%
  • De cinco años un día a seis años: 1.0%
  • De seis años un día a siete años: 0.8%
  • De siete años un día a ocho años: 0.6%
  • De ocho años, un día a nueve años: 0.4%
  • De nueve años, un día y más años: 0.2%

Cabe resaltar que en el artículo 5 de la Ley de Regularización Tributaria quedó aprobada la reducción del ISCV del 50% sobre el monto determinado, por lo cual al valor se debe aplicar esta reducción.

Toma en cuenta que el impuesto se podrá pagar del 1 de enero al 31 de julio del 2026.

tablas de valores
Tablas de valores para el impuesto de vehículos terrestres. Foto La Hora: SAT
Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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